DECRETO48872011201112 script var date = new Date(23/12/2011); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48294. 26, DICIEMBRE, 2011. PAG. 61.MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMOPor el cual se modifica la planta de personal de la Superinten-dencia de Industria y ComercioVigentefalsefalseComercio, Industria y TurismofalseDECRETO ORDINARIO26/12/201126/12/2011482946161

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48294. 26, DICIEMBRE, 2011. PAG. 61.

DECRETO 4887 DE 2011

(diciembre 23)

Por el cual se modifica la planta de personal de la Superinten-dencia de Industria y Comercio

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que la Superintendencia de Industria y Comercio presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar la planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública. 

  

Que mediante el Decreto 4175 de 2011 se escindieron de la Superintendencia de Industria y Comercio las funciones establecidas en los numerales 26, 27, 28 y 29 del artículo 1° del Decreto 3523 de 2009, modificado por el artículo 1° del Decreto 1687 de 2010, relacionadas con la metrología científica e industrial, y se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Instituto Nacional de Metrología (INM). 

  

Que con el propósito de garantizar la continuidad en la prestación del servicio, se requiere suprimir los empleos que tienen asignadas las funciones escindidas de la Superintendencia de Industria y Comercio, con el fin de ser incorporados directamente en la planta de personal que se adopte en el Instituto Nacional de Metrología (INM). 

  

Que la Superintendencia de Industria y Comercio para el propósito de modificar la planta de personal cuenta con certificado de viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio los siguientes empleos, los cuales tienen asignadas funciones de metrología científica e industrial, así: 

  

N° de Cargos 

Dependencia y Denominación del empleo 

Código 

Grado 

PLANTA GLOBAL 

2 (Dos)  

Profesional especializado  

2028  

13  

1 (Uno)  

Profesional universitario  

2044  

11  

1 (Uno)  

Profesional universitario  

2044  

10  

7 (Siete)  

Profesional universitario  

2044  

09  

2 (Dos)  

Profesional universitario  

2044  

07  

2 (Dos)  

Profesional universitario  

2044  

05  

4 (Cuatro)  

Profesional universitario  

2044  

03  

4 (Cuatro)  

Profesional universitario  

2044  

01  

1 (Uno)  

Técnico administrativo  

3124  

09  

3 (Tres)  

Técnico administrativo  

3124  

07  

1 (Uno)  

Secretario  

4178  

08  

Parágrafo 1°. Hasta tanto se realice la incorporación de los funcionarios de carrera administrativa de la Superintendencia de Industria y Comercio que tienen a su cargo funciones de metrología científica e industrial, en el Instituto Nacional de Metrología (INM) y tomen posesión del cargo, los mismos continuarán prestando sus servicios en dicha Superintendencia y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente. 

  

Parágrafo 2°. Los servidores que vienen desempeñando los empleos señalados en el presente artículo, serán incorporados directamente en aquellos que se creen para el efecto en la planta de personal del Instituto Nacional de Metrología (INM); los servidores incorporados al Instituto conservarán el régimen salarial y prestacional que vienen percibiendo en los empleos de que son titulares en la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio, mientras permanezcan en el empleo en el cual son incorporados. Los empleados que ostentan derechos de carrera los conservarán, y su registro será actualizado en el escalafón por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil. 

  


Artículo 2°. Suprímense de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio los siguientes cargos: 

N° Cargos 

Dependencia y Denominación del empleo 

Código 

Grado 

  

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE 

  

  

1 (Uno)  

Superintendente  

0030  

  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

05  

2 (Dos)  

Profesional Especializado  

2028  

19  

  

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR 

  

  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

04  

  

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 

  

  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

09  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

06  

  

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES 

  

  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

09  


Artículo 3°. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio: 

N° Cargos 

Dependencia y Denominación del empleo 

Código 

Grado 

  

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE 

  

  

1 (Uno)  

Superintendente  

0030  

25  

2 (Dos)  

Asesor  

1020  

09  

2 (Dos)  

Asesor  

1020  

06  

2 (Dos)  

Profesional Especializado  

2028  

17  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

04  

  

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EL CONTROL Y VERIFICACION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y METROLOGIA LEGAL 

  

  

1 (Uno)  

Superintendente Delegado  

0110  

19  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

05  

  

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA PROTECCIN DE DATOS PERSONALES 

  

  

1 (Uno)  

Superintendente Delegado  

0110  

19  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

05  

  

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR 

  

  

1 (Uno)  

Asesor  

1020  

06  

PLANTA GLOBAL 

  

  

5 (Cinco)  

Director de Superintendencia  

0105  

11  

1 (Uno)  

Jefe de Oficina  

0137  

16  

2 (Dos)  

Profesional Especializado  

2028  

19  

7 (Siete)  

Profesional Especializado  

2028  

17  

23 (Veintitrés)  

Profesional Especializado  

2028  

13  

25 (Veinticinco)  

Profesional Universitario  

2044  

11  

24 (Veinticuatro)  

Profesional Universitario  

2044  

10  

19 (Diecinueve)  

Profesional Universitario  

2044  

09  

20 (Veinte)  

Profesional Universitario  

2044  

07  

22 (Veintidós)  

Profesional Universitario  

2044  

05  

29 (Veintinueve)  

Profesional Universitario  

2044  

03  

53 (Cincuenta y tres)  

Profesional Universitario  

2044  

01  

27 (Veintisiete)  

Técnico Administrativo  

3124  

11  

1 (Uno)  

Técnico Administrativo  

3124  

09  

3 (Tres)  

Técnico Administrativo  

3124  

07  

1(uno)  

Secretario  

4178  

08  

2 (Dos)  

Conductor Mecánico  

4103  

11  

  


Artículo 4°. El Superintendente de Industria y Comercio, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio. 

  


Artículo 5°. La provisión y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-ley 775 de 2005 y la Ley 909 de 2004, y demás disposiciones sobre la materia. 

  


Artículo 6°.El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 3524 de 2009 y demás disposiciones que le sean contrarias. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2011. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Juan Carlos Echeverry Garzón. 

  

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, 

  

Sergio Diazgranados Guida. 

  

El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Jorge Luis Trujillo Alfaro.