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DECRETO42561948194812 script var date = new Date(24/12/1948); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26913, 10, ENERO, 1949, PÁG. 14.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se hacen unas supresiones y creaciones en el personal de las oficinas directas del Ministerio de Correos y TelégrafosVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO10/01/194901/01/1949269139914

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26913, 10, ENERO, 1949, PÁG. 14.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 4256 DE 1948

(diciembre 24)

Por el cual se hacen unas supresiones y creaciones en el personal de las oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades légales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Hácense las siguientes Supresiones en el personal de las oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos: 

Despacho del Ministro
Una plaza de Mecanotaquígrafa con asignación mensual de$253.00
cargo que viene desempeñando la señora Carlina H. de Rico.
Sección de Control y Presupuesto.
Una plaza de Oficial de Liquidación de Diferencias Telegráficas con asignación mensual de240.00
Cargo que viene desempeñando la señorita Teresa Latorre
Suman:$493.00
Parágrafo. Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 99, articulo 1817 del Presupuesto vigente.

Artículo 2° Hácense las siguientes creaciones en el personal de las oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos:
Despacho del Ministro.
Una plaza de Mecanotaquígrafa con asignación, mensual de$240.00
Sección de Control y Presupuesto.
Una plaza de Oficial 1° de Liquidación de Diferencias Telegráficas con asignación mensual de253.00
Suman:$493.00

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se imputará al Capítulo y articulo correspondiente al personal de las oficinas directas, en el Presupuesto de 1949. 

  


Artículo 3° El presente Decreto rige a partir del día primero de enero de 1949. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 24 de diciembre de 1948. 

  

MARIANO OSPINA PÉREZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILATELLO