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DECRETO37771982198212 script var date = new Date(28/12/1982); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. CXIX. N. 36166. 7, ENERO, 1982. PÁG. 11.MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALpor el cual se aplaza la vigencia del sistema de autoliquidación de aportes al ISS.VigentefalsefalseTrabajofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse07/01/198328/12/1982361665911

DIARIO OFICIAL. AÑO. CXIX. N. 36166. 7, ENERO, 1982. PÁG. 11.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3777 DE 1982

(diciembre 28)

por el cual se aplaza la vigencia del sistema de autoliquidación de aportes al ISS.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El presidente de la República de Colombia en uso de la facultad que le otorga el artículo 43 del Decreto Extraordinario 1650 de 1977, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. El sistema de autoliquidación de aportes, ALA, a que se refiere el Acuerdo 007 de mayo de 1982, expedido por el Consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios, tendrá carácter voluntario hasta el 15 de marzo de 1983. 

  


Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 28 de diciembre de 1982. 

  

BELISARIO BETANCUR 

  

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, 

  

Jaime Pinzón López.