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DECRETO32541953195312 script var date = new Date(12/12/1953); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XC. N. 28381. 28, DICIEMBRE, 1953. PÁG. 31.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se crean unos cargos y se fijan sus asignacionesVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO28/12/195328/12/195328381132731

DIARIO OFICIAL. AÑO XC. N. 28381. 28, DICIEMBRE, 1953. PÁG. 31.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3254 DE 1953

(diciembre 12)

Por el cual se crean unos cargos y se fijan sus asignaciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto número 1600 de 1953 de carácter extraordinario, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que las Interventorías por el sistema de contrato, que venían atendiendo las Obras del Plan Vial no dieron el resultado que se esperaba; y 

  

Que por el sistema de Intervcntoría directa se logra no solamente una economía en los gastos que éstas ocasionan, sino que se puede lograr un mejor control en la ejecución y costos más bajos en los contratos del Plan Vial, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Créase la Interventoría de las Obras contratadas con la firma "Winston Incorporated, Mantilla & Montilla limitada", en la Carretera Troncal de Occidente --Sector Norte- con el siguiente personal y asignaciones: 

  

a) Un Ingeniero Interventor Jefe, con una asignación mensual de dos mil pesos ($ 2.000.00); 

  

b) Dos Interventores Delegados, con una asignación mensual, para cada uno, de mil quinientos pesos ($ 1500.00); 

  

c) Un Ingeniero de Costos, con una asignación mensual de mil doscientos pesos ($ 1.200.00); 

  

d) Un Ingeniero de Suelos, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00); 

  

e) Un Contador Revisor General, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

f) Un inspector de Equipo, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

g) Un Almacenista General Pagador, con una asignación mensual de setecientos pesos ($ 700.00); 

  

h) Tres Topógrafos Dibujantes, con una asignación mensual para cada uno, de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

i) Un Contador Auxiliar, con una asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600,00); 

  

j) Dos Contadoras Almacenistas Pagadores, con una asignación mensual, para cada uno, de seiscientos pesos ($ 700 00); 

  

k) Un Asistente do Estadística, con una asignación mensual de quinientos pesos ($ 500.00); 

  

1) Una Mecanógrafa, con una asignación mensual de trescientos pesos ($ 300.00). 

  


Artículo segundo. Créase la Interventoría de las Obras Contratadas con la firma "Utah y Olap", en las carreteras Armenia-Ibagué-Manizales-Honda, Morillo Calarcá y Cartago-Manizales, con el siguiente personal y asignaciones; 

  

a) Un Ingeniero interventor Jefe, con una asignación mensua1 de dos mil pesos ($ 2.000.00); 

  

b) Tres Interventores Delegados, con una asignación mensual, para cada uno, de mil quinientos pesos ($ 1.500.00); 

  

c) Un Ingeniero de Costos, con una asignación mensual de mil doscientos pesos ($ 1.200.00); 

  

d.) Un Ingeniero de Suelos, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00); 

  

e) Un Contador Revisor General, con una asignación mensual de ochocientos posos ($ 800.00); 

  

f) Un Inspector de Equipo, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

g) Un Almacenista General Pagador, con una asignación mensual de setecientos pesos ($ 700.00); 

  

h) Cuatro Topógrafos Dibujantes, con una asignación mensual, para cada uno, de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

i) Un Contador Auxiliar, con una asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600.00); 

  

j) Tres Contadores Almacenistas Pagadores, con una asignación mensual para cada uno, de seiscientos pesos ($ 600.00); 

  

k) Un Asistonte de Estadística, con una asignación mensual de quinientos poeos ($ 500.00); 

  

1) Una Mecanógrafa, con una asignación mensual de trescientos pesos ($ 300.00); 

  


Artículo tercero. Créase la Interventoría de las Obras Contratadas con la firma "Morrison Knudsen", en las carreteras: Bucaramanga-Cúcuta Frontera Barbosa-Bucaramanga-Cúcuta-Gamarra-Ocaña, con el siguiente personal y asignaciones: 

  

a) Un Ingeniero Interventor Jefe, con una asignación mensual de dos mil pesos ($ 2.000.00); 

  

b) Dos Interventores Delegados, con una asignación mensual para cada uno, de mil quinientos pesos ($1.500); 

  

c) Un Ingeniero de Costos, con una asignación mensual de mil doscientos pesos ($ 1.200.00); 

  

d) Un Ingeniero de Suelos, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00); 

  

e) Un Cantador Revisor General, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

f) Un Inspector de Equipos, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

g) Un Almacenista General Pagador, con una asignación mensual de Setecientos pesos ($ 700.00); 

  

h) Tres Topógrafos Dibujantes, con una asignación mensual para cada uno, de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

i) Un Contador Auxiliar, con uina asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600.00); 

  

j) Dos Contadores Almacenistas Pagadores, con una asignación mensual, para cada uno, de seiscientos pesos ($ 600.00); 

  

k) Un Asistente de Estadística, con una asignación mensual de quinientos pesos ($ 500.00); 

  

1) Una Mecanógrafa, con una asignación mensual de trescientos pesos ($ 300.00). 

  


Artículo cuarto. Créase la Interventoría de las Obras Contratadas con la firma " Raymond Concrete Pile", en las Carreteras: Buenaventura-Cali-Palmira-Cartago-Armenia-Cauya-Manizales-Anserma-Medellín-Taraza, con el siguiente personal y asignaciones: 

  

a) Un Ingeniero Interventor Jefe, con una asignación mensual de dos mil pesos ($ 2.000.00); 

  

b) Dos Interventores Delegados, con una asignación mensual, para cada uno, de mil quinientos pesos ($ 1.500.00); 

  

c) Un Ingeniero de Costos, con una asignación mensual de mil doscientos pesos ($ 1.200.00); 

  

d) Dos Ingenieros Residentes, con una asignación mensual, para cada uno de mil doscientos pesos ($ 1.200); 

  

e) Un Ingeniero de Suelos, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00); 

  

f) Un Contador Revisor General, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

g) Un Inspector de Equipo, con una asignación mensual de ochocientos posos ($ 800.00); 

  

h) Un Almacenista General Pagador, con una asignación mensual de setecientos pesos ($ 700.00); 

  

i) Tres Topógrafos Dibujantes, con una asignación mensual para cada uno, de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

j) Un Contador Auxiliar, con una asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600.00); 

  

k) Dos Contadores Almacenistas Pagadores, con una asignación mensual, para cada uno, de seiscientos pesos ($ 600.00); 

  

I) Un Asistente de Estadística, con una asignación mensual de quinientos pesos ($ 500.00); 

  

II) Una Mecanógrafa, con una asignación mensual de trescientos pesos ($ 300.00); 

  


Artículo quinto. Créase la Interventoría de las Obras Contratadas con la firma "Morrison Knudsen", en las carreteras: Bogotá-Girardot-Ibagué, Bogotá-Villeta-Dorada, con el siguiente personal y asignaciones: 

  

a) Un Ingeniero Interventor Jefe, con una asignación mensual de dos mil pesos ($ 2.000.00); 

  

b) U n Interventor Delegado, con una asignación mensual de mil quinientos pesos ($ 1.500.00); 

  

c) Un Ingeniero de Costos, con una asignación mensual de mil doscientos pesos ($ 1.200.00); 

  

d) Un Ingeniero de Suelos, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00); 

  

e) Un Contador Revisor General, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

f) Un Inspector de Equipo, con una asignación mensual de Ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

g) Un Almacenista General Pagador, con una asignación mensual de setecientos pesos ($ 700.00); 

  

h) Dos Topógrafos Dibujantes, con una asignación mensual, para cada uno, de ochocientos pesos ($ 800.00); 

  

i) Un Contador Auxiliar, con una asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600.00); 

  

j) Un Contador Almacenista Pagador, con una asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600.00); 

  

k) Un Asistente de Estadística, con una asignación mensual de quinientos pesos ($ 500.00); 

  

1) Una Mecanógrafa, con una asignación mensual de trescientos pesos ($ 300.00). 

  


Artículo sexto. Las Asignaciones y gastos de las Interventorías que se crean por el presente Decreto, se cubrirán con cargo a la partida asignada en el Presupuesto de gastos de las vigencias fiscales respectivas para gastos de Interventoría de las Carreteras Nacionales. 

  


Artículo séptimo. Las funciones obligaciones del personal que se crean por este Decreto, serán las que a continuación se indican: 

  

Para los Ingenieros Interventores Jefes. 

  

a) Representar al Gobierno ante los Contratistas haciedno cumplir las ordenes emanadas por tal entidad. 

  

b) Aprobar o improbar los planos y proyectos de estudios de las obras que le presenten los Contratistas del Gobierno, controlando su localización sobre el terreno y conservando en su poder las carteras de localización. 

  

c) Acordar con los Contratistas los planes trimestrales de trabajo y controlar su ejecución. 

  

d) Hacer medir por los empleados de la Interventoría sobre el terreno las obras que ejecuten los Contratistas a fin de informar al Ministerio enviando los formularios con los datos solicitados por esa entidad. 

  

e) Hacer cumplir a los Contratistas estrictamente todas las especificaciones que haya fijado al Ministerio para las obras controlando la ejecución de las mismas. 

  

f) Intervenir en las reclamaciones de perjuicios a terceros y aprobar o improbar las negociaciones a que se llegue, sometiéndolas a posterior aprobación del Ministerio. 

  

g) Controlar tanto a los empleados de los Contratistas, como los de Interventoría, informando al Ministerio sobre las irregularidades que encuentre. 

  

h) Aprobar o improbar toda creación de cargos y asignaciones hechas por los Contratistas y solicitar con la ánuencia del Ministro el retiro del personal que no fuere necesario o que no cumpliere con su deber. 

  

i) Velar para que se cumplan por los Contratistas las leyes sobre prestaciones sociales para los empleados y obreros y fiscalizar ol funcionamiento do la Sanidad en las Empresas. 

  

j) Fiscalizar por medio de los empleados de la Interventoría, la Contabilidad y 1a Estadística de las Obras haciendo que las cuentas y estadística se lleven de tal manera que se puedan conocer las inversiones y cantidad de obra en cada uno do los frentes de trabajo, kilómetro por kilómetro, dando cumplimiento estricto a la Circular 110 de la Contraloría General de la República. 

  

k) Fiscalizar la Contabilidad de Almacenes siguiendo las prescripciones de la Circular 110 ya citada. 

  

I) Aprobar o Improbar los comprobantes de pago y los demás documentos básicos de las cuentas de caja y almacén y hacer que las cuentas se rindan en oportunidad, de acuerdo con lo que dispone la Circular 110. 

  

II) Hacer que los Contratistas acompañen con cada cuenta que rindan a la Contraloría General de la República, un formulario E-3 que debe ser cuidadosamente comprobado principalmente en lo que se refiero a la cantidad de obra ejecutada a fin de conocer con exactitud los precios unitarios del costo de las obras. 

  

m) Enviar a1 Ministerio la información sobre los planes trimestrales de trabajo y sobre avance de las obras llenando los formularios que le sean remitidos con datos absolutamente ciertos, solicitando del Ministerio que aplique las multas a que se hicieron acreedores los Contratistas. 

  

n) Cumplir y hacer cumplir a los contratistas todas las obligaciones contenidas en el contrato respectivo. Visitar todos los sectores de trabajo a su cargo y dar a los Interventores Delegados las órdenes del caso. Tratar en lo posible de que las obras se lleven, a cabo por el sistema de subcontratos y de destajos. 

  

o) Elaborar un plan de organización de la Interventoría a su cargo y enviarlo al Ministerio para su aprobación. 

  

p) Rendir al Ministerio de Obras Públicas dentre de los primeros diez (10) días de cada mes un informe de las labores ejecutadas durante al mes anterior. 

  

2° Para los Ingenieros Interventores Delegados. 

  

a) Cumplir las órdenes del Ingeniero Interventor Jefe. 

  

b) Organizar la Interventoría en los sectores de trabajo que le hayan sido asignados por el Jefe haciendo que allí se de cumplimiento a las obligaciones que el presente Decreto le asigna al Interventor Jefe. 

  

c) Medir la cantidad de obra que se vaya ejecutando y a la cual corresponda las inversiones hechas en ella. 

  

Para los Ingenieros de Costos. 

  

a) Cumplir las órdenes del Ingeniero Interventor Jefe. 

  

b) Controlar las inversiones que se hagan en los distintos sectores a cargo de los Contratistas, detallando de acuerdo con la clasificación de la Circular 110, o la que le envíe el Ministerio, al gasto, obra por obra y kilómetro por kilómetro. 

  

c) Controlar la cantidad de obra, que se vaya ejecutando y a la cual corresponda las inversiones hechas en ella, deduciendo de talos datos los precios unitarios a cada obra. 

  

d) Elaborar el formulario E-3 y los que lo sean solicitados por el Ministerio enviándolos por conducto del Interventor Jefe a la Sección respectiva del Minísterio. 

  

e) Rendir al Ministerio de Obras Públicas mensualmeute, por conducto del Interventor Jefe y en los primeros diez días de cada mes, un informe sobre la cantidad de obra ejecutada durante el mes anterior según los planes trimestrales de trabajo. 

  

4° Para el Ingeniero de Suelos. 

  

a) Cumplir las órdenes del Ingeniero Interventor Jefe, 

  

b) Instalar en el sitio que acuerden con el Ingeniero Interventor Jefe, un Laboratorio de Campo con los elementos requeridos. 

  

c) Revisar el estudio de los materiales que hayan hecho los Contratistas y de que se disponga en cada sector, cuando sea necesario, con el fin de indicar cuales son los que pueden ser empleados. 

  

d) Verificar en los sectores que vayan a pavimentarse un perfil suelos indicando las especificaciones para las sub-bases y bases que deben construirse. 

  

e) Hacer los análisis de Laboratorio para indicar las gradaciones y mezclas de os materiales según las especificaciones del tipo de pavimento que vaya a emplearse. 

  

f) Controlar las especificaciones con las obras que se vayan ejecutando. 

  

5° Para el Contador Revisor General 

  

a) Cumplir las órdenes del Ingeniero Interventor Jefe. 

  

b) Estudiar las cuentas de Caja y Almacén con todos sus comprobantes indicando al Interventor Jefe las irregularidades que encuentre y deducir el formulario E-3 en lo que se refiere a inversiones. 

  

c) Velar para que las imputaciones estadísticas estén en un todo de acuerdo con la verdad rechazando las que estén erradas. 

  

d) Analizar las liquidaciones de los subcontratos y destajos que los Contratistas celebren para la ejecución de las obras. 

  

e) Velar porque se dé cumplimiento en las cuentas a la Circular 110 de la Contraloría General de la República. 

  

f) Rendir a la Contraloría General de la República la cuenta de Caja y Almacén de la Interventoria. 

  

6° Para el Inspector de Equipo. 

  

a) Cumplir las órdenes del Ingeniero Interventor Jefe. 

  

b) Visitar todos los Almacenes y Talleres de los Contratistas controlando las existencias de las máquinas y el cuidado que se tenga con ellas y la organización de dependencias. 

  

c) Visitar los frentes de trabajo, con equipo, examinando en cada caso las maquinarias empleadas y el cuidado que se les de por los operarios dando aviso al Interventor Jefe o al Interventor Delegado de las irregularidades que observe. 

  

d) Elaborar los informes que lo sean solicitados por el Ministerio y enviarlos por conducto del Interventor Jefe. 

  

e) Rendir al Ministerio de Obras Públicas en los primeros diez días de cada mes un informe del tiempo de servicio de cada máquina durante el mes anterior, por conducto del Ingeniero Interventor Jefe. 

  

7° Para el Almacenista General Pagador. 

  

a) Cumplir las órdenes del Ingeniero Interventor Jefe. 

  

b) Compilar las cuentasdel Almacén de los distintos sectores de trabajo con el fin de entregarlas al Contador Revisor General para que éste pueda rendir todas las cuentas de Interventoria a la Contraloría General de la República. 

  

c) Pagar las cuentas correspondientes al sector de trabajos que dirige personalmente el Ingeniero Interventor Jefe. 

  

d) Colaborar con el Contador Revisor General en el estudio de las cuentas que los Contratistas deben rendir a la Contraloría General de la República. 

  

e) Dar informaciones detalladas de las irregularidades que encuentro al Ingeniero Interventor Jefe. 

  

Para los Contadores Auxiliares. 

  

a) Cumplir las órdenes e instrucciones que les sean dadas por el Contador Revisor General. 

  

Para los Contadores Almacenistas Pagadores. 

  

a) Cumplir las órdenes del Ingeniero Interventor Jefe e del Interventor Delegado del Sector respectivo. 

  

b) Llevar las cuentas de Almacén y de Caja de la Interventoria que les corresponda y presentar tales cuentas al Contador Revisor General a fin de que este empleado rinda la cuenta total a la Contraloría General de la República. 

  

10. Para los Topógrafos Dibujantes. 

  

a) Cumplir las órdenes de los Interventores a cuyo servicio deban trabajar según lo dispuesto por el Interventor Jefe. 

  

11. Para las Mecanógrafas. 

  

a) Prestar servicios al Interventor Jefe o a los Interventores Delegados, cumpliendo las órdenes que estos les den. 

  


Artículo octavo. El personal de las Interventorías que se crean por el presente Decreto tendrá también las demás funciones que se le asignen por el Gobierno o por el Ministro de Obras Públicas. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 12 de diciembre de 1953. 

  

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos Villaveces 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Santiago Trujillo Gómez