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DECRETO32371953195312 script var date = new Date(10/12/1953); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XC. N. 28374. 18, DICIEMBRE, 1953. PÁG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se autoriza la importación de carnes enlatadasVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO18/12/195310/12/19532837411702

DIARIO OFICIAL. AÑO XC. N. 28374. 18, DICIEMBRE, 1953. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3237 DE 1953

(diciembre 10)

Por el cual se autoriza la importación de carnes enlatadas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Autorízase a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas para importar carnes enlatadas de las comprendidas en los numerales 117 y 118 del Arancel Aduanero, únicamente con el objeto de abastecer debidamente el morcado nacional. 

  


Artículo 2° La Junta Directiva de la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas determinará en cada caso las cantidades que deban importarse, con el objeto de regular los precios sin perjudicar la producción, nacional. 

  


Artículo 3° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 10 de diciembre de 1953. 

  

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA 

  

El Ministro, de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos Villaveces