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DECRETO32241948194809 script var date = new Date(14/09/1948); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26843. 13, OCTUBRE, 1948. PÁG. 7.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSpor el cual se crea una Oficina Postal y Telegráfica.VigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse13/10/194813/10/1948268431117

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26843. 13, OCTUBRE, 1948. PÁG. 7.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3224 DE 1948

(septiembre 14)

por el cual se crea una Oficina Postal y Telegráfica.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le otorga la Ley 66 de 1920, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que en el Barrio de Las Delicias, de Neiva, se encuentra insidiada la cabecera de la Zona de Carreteras- Nacionales del Huila, muy distante del sitio donde funcione una Oficina de Correos y Telégrafos que facilite las comunicaciones de dicha Zona y dé los numerosos empleados al servicio de la misma, y 

  

Que el Ministerio de Obras Públicas, Zona de Carreteras Nacionales de Neiva, se halla interesado en la instalación de la respectiva Oficina Postal y Telegráfica en el Barrio de Las Delicias, de Neiva y ha ofrecido su cooperación, debido a la insuficiencia de fondos del presupuesto actual para Correos y Telégrafos, comprometiéndose a pagar su instalación y dotación, así como el sueldo del empleado por el resto del presente año, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Créase la Oficina Postal y Telegráfica del Barrio de Las Delicias, en el Municipio de Neiva, servida por un Telegrafista-Administrador, con asignación mensual de $ 149, la cual será pagada con cargo al Capítulo 113; artículo 1986 del Presupuesto vigente (Zona de Carreteras Nacionales de Neiva), por el resto del presente año. 

  

Comuniquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 14 de septiembre de 1948. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL El Ministro de Correos t Telégrafos, José Vicente DAVILA-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE