DECRETO30422006200609 script var date = new Date(07/09/2006); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLII. 46384. 7, SEPTIEMBRE, 2006. PÁG. 45.MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIApor el cual se modifica la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia.VigentefalsefalseInteriorfalsefalseDECRETO ORDINARIO07/09/200607/09/2006463844545

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLII. 46384. 7, SEPTIEMBRE, 2006. PÁG. 45.

DECRETO 3042 DE 2006

(septiembre 07)

por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Ministerio del Interior y de Justicia presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia el concepto técnico favorable; 

  

Que para los fines del presente decreto se cuenta con viabilidad presupuestal por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. Suprímense de la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia los siguientes empleos, así: 

Nº. de Empleo 

Dependencia y denominador del empleo 

Código 

Grado 

  

DESPACHO DEL MINISTRO 

  

  

1(Uno)  

Asesor  

1020  

17  

1( Uno)  

Asesor  

1020  

15  

1(Uno)  

Profesional Especializado  

1028  

18  

4(Cuatro)  

Profesional Especializado  

1028  

17  

2(Dos)  

Profesional Especializado  

1028  

15  

1(Uno)  

Técnico Administrativo  

3124  

12  


Artículo 2º. Los empleados públicos del Ministerio del Interior y de Justicia, cuyos empleos han sido suprimidos en virtud del presente Decreto, continuarán devengando la remuneración correspondiente de los empleos que actualmente desempeñan hasta tanto se produzca la comunicación de la supresión de los mismos. 

  


Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 202 del 2003 y demás normas que le sean contrarias. 


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de septiembre de 2006. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro del Interior y de Justicia, 

  

Carlos Holguín Sardi. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Alberto Carrasquilla Barrera. 

  

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Fernando Grillo Rubiano.