DECRETO29701956195612 script var date = new Date(05/12/1956); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCIII. N. 29241. 02, ENERO, 1957. PÁG. 2.MINISTERIO DE FOMENTOPor el cual se autoriza una importación a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá D. E.Vigencia en EstudiofalsefalsePlaneaciónfalseServicios públicos domiciliariosfalseDECRETO LEGISLATIVONorma adoptada como Legislación permanente por el art 1 de la Ley 141 de 1961. Norma no vigente porque agotó su objeto.false02/01/195705/12/19562924166

DIARIO OFICIAL. AÑO XCIII. N. 29241. 02, ENERO, 1957. PÁG. 2.

DECRETO 2970 DE 1956

(diciembre 05)

Por el cual se autoriza una importación a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá D. E.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y 

  

CONSIDERANDO 

  

que la Empresa de Acueductos y Alcantarillados de Bogotá, D. E., ha solicitado licencia para importar 179 toneladas de tablestacas metálicas para las obras del nuevo acueducto del río Bogotá, y demostró que Acerías Paz del Río S. A., no puede suministrarle oportunamente tales artículos, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Autorízase a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, D. E., para importar con destino a las obras del nuevo acueducto del río Bogotá, ciento setenta y nueve (179) toneladas de tablestacas metálicas. 

  


Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir da la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 5 de diciembre de 1956. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Luis Morales Gómez. 

  

El Ministro de Fomento, 

  

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.