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DECRETO29431956195612 script var date = new Date(04/12/1956); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 29240. 31, DICIEMBRE, 1956. PÁG. 1.PODER EJECUTIVOPor el cual se cede al Instituto Colombiano de Seguros Sociales un terreno de Propiedad de la NaciónVigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|Penitenciario|Prestaciones sociales|SaludfalseDECRETO LEGISLATIVONorma adoptada como legislación permanente por la Ley 141 de 1961. Norma no vigente porque agotó su objeto.false31/12/195604/12/1956292408411

DIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 29240. 31, DICIEMBRE, 1956. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2943 DE 1956

(diciembre 04)

Por el cual se cede al Instituto Colombiano de Seguros Sociales un terreno de Propiedad de la Nación

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República; 

  

Que por Decreto número 1340 de 22 de mayo de 1953, se destinó, con carácter gratuito, para el uso exclusivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, el lote de te­rreno dé propiedad del Gobierno Nacional, situado en la Transversal 17 números 25-23. 25-27, 25-39 y 26-51, Junto con un edificio y sus anexidades; 

  

Que el Instituto Colombiano de Seguros Sociales ha construido en el mismo lote un nuevo edificio; 

  

Que es conveniente ceder al Instituto Colombiano de Seguros Sociales, el pleno dominio del terreno y construc­ción mencionados, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Cédese a título gratuito al Instituto Colombiano de Seguros Sociales, el pleno dominio de un lote de terreno, situado en la ciudad de Bogotá, D. E., en la Transversal 17 números 25-23, 25-27, 25-39 y 25-51, jun­to con el edificio que el Gobierno Nacional construyó. 

  


Artículo segundo. El Ministro de Obras Públicas procederá a otorgar la correspondiente escritura traslaticia del dominio a favor del Instituto Colombiano de Seguros Sociales. 

  


Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá a 4 de diciembre de 1956. 

  

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA

  

Presidente de Colombia. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

José Enrique Arboleda Valencia. 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

José Manuel Rivas Sacconi 

  

El Ministro de Justicia, 

  

LuisCalos Giraldo Marín. 

  

.El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Luis Morales Gómez. 

  

El Ministro de Guerra, 

  

Mayor General Gabriel París

  

El Ministro de Agricultura y Ganadería, 

  

Eduardo Berrío González

  

El Ministro del Trabajo, 

  

Carlos Arturo Torre Poveda

  

El Ministro de Salud Pública, 

  

Carlos Márquez Villegas

  

El Ministro de Fomento, 

  

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia. 

  

El Ministro de Minas y Petróleos, 

  

Francisco Puyana Menéndez. 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Josefina Valencia de Hubach. 

  

El Ministro de Comunicaciones, 

  

Mayor General Gustavo Berrío M. 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.