DECRETO29211945194511 script var date = new Date(29/11/1945); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXI. N. 26004. 6, DICIEMBRE, 1945. PÁG. 9.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se fijan unas asignaciones en el ramo de Edificios NacionalesVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO06/12/194506/12/1945260046179

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXI. N. 26004. 6, DICIEMBRE, 1945. PÁG. 9.

DECRETO 2921 DE 1945

(noviembre 29)

Por el cual se fijan unas asignaciones en el ramo de Edificios Nacionales

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Fíjanse en $ 450, sin derecho a prima móvil, las asignaciones mensuales de los Ingenieros Administradores de las siguientes obras de construcción de edificios nacionales: 

  

Escuela Normal y cuarteles de Santa Marta. 

  

Edificios nacionales de Medellín. 

  


Artículo 2° Fíjanse en $ 400 mensuales, sin derecho a prima móvil, las asignaciones de los Ingenieros Administradores de las siguientes obras de construcción de edificios nacionales: 

  

Escuela Normal y hospital de Tunja. 

  

Externado Nacional de Honda. 

  

Cuarteles de Buga. 

  


Artículo 3° Fíjase en $ 400 mensuales, sin derecho a prima móvil, la asignación del Ingeniero Jefe de Locativas, encargado de las obras del Hospital de Santa Clara y de la reparación del Capitolio Nacional. Este sueldo será pagado así: por la Sección de Reparación de Edificios Nacionales de Bogotá, $ 225; por las obras de reparación del Capitolio Nacional, $ 175. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 29 de noviembre de 1945. 

  

ALBERTO LLERAS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Francisco de Paula PEREZ 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Alvaro DIAZ S.