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DIARIO OFICIAL. AÑO CXLII. N. 46363. 17, AGOSTO, 2006. PÁG. 15.
DECRETO 2786 DE 2006
(agosto 17)
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
ESTADO DE VIGENCIA: [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública l a justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto favorable;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos:
N° de cargos | Denominación del empleo | Código | Grado |
| DESPACHO DEL MINISTRO |
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1 (Uno) | Negociador Internacional | 0088 |
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1 (Uno) | Asesor | 1020 | 14 |
1 (Uno) | Secretario Ejecutivo | 4210 | 22 |
1 (Uno) | Conductor Mecánico | 4103 | 13 |
| DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL |
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1 (Uno) | Asesor | 1020 | 11 |
1 (Uno) | Secretario Ejecutivo | 4210 | 22 |
| PLANTA GLOBAL |
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2 (Dos) | Director Técnico | 0100 | 22 |
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos:
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE TURISMO
N° de cargos | Denominación del empleo | Código | Grado |
1 (Uno) | Viceministro | 0020 |
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1 (Uno) | Asesor | 1020 | 14 |
1 (Uno) | Asesor | 1020 | 11 |
2 (Dos) | Secretario Ejecutivo | 4210 | 22 |
1 (Uno) | Conductor Mecánico | 4103 | 13 |
| PLANTA GLOBAL |
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2 (Dos) | Director Técnico | 0100 | 22 |
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente al Decreto 213 del 2003.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de agosto de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge H. Botero.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.