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DECRETO27131976197612 script var date = new Date(17/12/1976); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXIII. N. 34723. 14, FEBRERO, 1977. PÁG. 12.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1976, en la cantidad de $ 16.500.000.00VigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO14/02/197717/12/19763472336412

DIARIO OFICIAL. AÑO CXIII. N. 34723. 14, FEBRERO, 1977. PÁG. 12.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2713 DE 1976

(diciembre 17)

Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1976, en la cantidad de $ 16.500.000.00

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de las Resoluciones números 15010 y 15011 de noviembre 16 de 1976, autorizó al Fondo de Inmuebles Nacionales para celebrar unas operaciones de crédito público interno con el Banco de los Trabajadores la suma de $ 7.000.000.00 (siete millones de pesos moneda corriente), y con el Banco cafetero por la suma de $ 9.500.000.00 (nueve millones quinientos mil pesos moneda corriente), respectivamente; 

  

Que de conformidad con las disposiciones legales vigentes, dichas partidas se deben incorporar al presupuso de ingresos y gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la actual vigencia; 

  

Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

decreta

  


Artículo 1° Adiciónase al presupuesto de ingresos de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1976, en la cantidad de $ 16.500.000.00 (dieciséis millones quinientos mil pesos moneda corriente), según el siguiente detalle: 

PRESUPUESTO DE INGRESOS
Ingresos no tributarios.
Otros ingresos.
Numeral6Préstamo Banco Cafetero$9.500.000
Numeral10Préstamo Banca de los Trabajadores7.000.000
Suman los ingresos$16,500.000

Artículo 2° Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, adicionase el presupuesto de gastos del Fondo de inmuebles-Nacionales de la vigencia fiscal de 1976, en la cantidad de $ 16.500.000.00 (dieciséis millones quinientos mil pesos moneda corriente), de acuerdo a la siguiente distribución: 

PRESUPUESTO DE GASTOS
Inversión directa
Programa 01.
Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales.
Artículo01.Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumento y parques nacionales$16.500.000
Proyecto6.Edificio Nacional de Manizales9.500.000
Proyectó8.Edificio Nacional de Tunja7.000.000
Suman los gastos$16.500.000

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de diciembre de 1976. 

  

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Rodrigo Botero Montoya 

  

El Ministro de Obras Públicas y Transporte, 

  

Humberto Salcedo Collante