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DECRETO27081956195611 script var date = new Date(08/11/1956); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXIII. N. 19197. 17, NOVIEMBRE, 1956. PÁG. 4.MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOSPor el cual se deroga el artículo segundo de un Decreto dependiente del Ministerio de Minas y PetróleosVigentefalsefalseMinas y EnergíafalseDECRETO ORDINARIO17/11/195617/11/1956291974684

DIARIO OFICIAL. AÑO CXIII. N. 19197. 17, NOVIEMBRE, 1956. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2708 DE 1956

(noviembre 08)

Por el cual se deroga el artículo segundo de un Decreto dependiente del Ministerio de Minas y Petróleos

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia. 

  

en uso de sus facultades legales 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Derógase el artículo segundo del Decreto número 2581 de 25 de octubre de 1956, por el cual se nombró al señor Calixto González para desempeñar el cargo de Inspector de Petróleos de Mamonal-División Nacional de Petróleos, en reemplazo del señor Eduardo Llach Lara. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1956. 

  

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA, 

  

Presidente de Colombia 

  

Francisco Payana, 

  

Ministro de Minas y Petróleos.