Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO25511951195112 script var date = new Date(11/12/1951); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24876. 3, FEBRERO, 1942. PÁG. 7.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se destinan unas partidas y se modifica el Decreto número 510 de 1951VigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO19/01/195219/01/1952278071542

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24876. 3, FEBRERO, 1942. PÁG. 7.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2551 DE 1951

(diciembre 11)

Por el cual se destinan unas partidas y se modifica el Decreto número 510 de 1951

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El designado, encargado dela Presidencia de la Republica de Colombia, 

  

En uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA

  


Artículo primero. El saldo sin distribuir del artículo 878, Capitulo 90 del Presupuesto Nacional vigente, destinase para atender al pago de sueldos de algunos empleados del Colegio Nacional de Santa Librada, de Neiva, así: 

 


Artículo segundo. El saldo de $ 5.000 sin distribuir del artículo 879, Capitulo 90 del Presupuesto Nacional vigente, destinase para atender al pago de cuentas pendientes por concepto de suministro de elementos, con destino al Colegio Nacional de Santa Librada de Neiva. 

  


Artículo tercero. Queda en estos términos modificado el Decreto número 510 de 1951. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 11 de diciembre de 1951. 

  

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera.