DECRETO25302014201412 script var date = new Date(12/12/2014); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CL. N. 49363. 12, DICIEMBRE, 2014. PÁG. 22.MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMOpor el cual establece un arancel para la importación de un contingente de algodón.VigentefalsefalseComercio, Industria y TurismofalsefalseDECRETO ORDINARIO12/12/201407/01/2015493632222

DIARIO OFICIAL. AÑO CL. N. 49363. 12, DICIEMBRE, 2014. PÁG. 22.

DECRETO 2530 DE 2014

(diciembre 12)

por el cual establece un arancel para la importación de un contingente de algodón.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo previsto en las Leyes 7ª de 1991, 1609 de 2013, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que en virtud de las Decisiones números 679, 688, 693, 695 de 2008, 717 de 2009 y 771 de 2011, concordantes sobre política arancelaria común, actualmente los Países miembros de la Comunidad Andina se encuentran facultados para adoptar modificaciones en materia arancelaria; 

  

Que en reunión de la Cadena Algodón - Fibra Textil - Confección, del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural el día 17 de febrero de 2014, fue aprobado por los representantes del gremio y del gobierno nacional el apoyo al instrumento arancelario planteado por la industria para un contingente de importación de 20.400 toneladas de algodón; 

  

Que la industria nacional, según demostró en estudio corroborado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural, absorbió la totalidad de la producción nacional de algodón, y el sector textilero del país ha pagado por las cosechas locales en la cadencia de recolección, la cual es más acelerada que el ritmo de su consumo producción nacional; 

  

Que el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior en la Sesión número 273 del 9 de mayo de 2014 recomendó un gravamen arancelario del 0% para la importación de un contingente al algodón de 20.400 toneladas algodón sin cardar ni peinar, clasificado por la subpartida arancelaria 5201.00.30.00; 

  

Que el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) en su sesión del 3 de octubre de 2014 emitió concepto favorable para la rebaja del gravamen arancelario a 0% para la importación de un contingente de 20.400 toneladas de algodón sin cardar ni peinar, clasificado por la subpartida arancelaria 5201.00.30.00, por el término de un año a partir de la expedición del decreto, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Establecer un gravamen arancelario del 0% para la importación de un contingente de veinte mil cuatrocientas (20.400) toneladas de algodón sin cardar ni peinar de la subpartida arancelaria 5201.00.30.00. 

  


Artículo 2°. El contingente mencionado en el artículo 1° del presente decreto será reglamentado, asignado y administrado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 

  


Artículo 3°. Para el registro de las importaciones de que trata el artículo 1° del presente decreto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo exigirá el visto bueno del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 

  


Artículo 4°.Aranceles Intracuota. Para el contingente establecido en el artículo 1° del presente decreto, el arancel será de 0%. 

  


Artículo 5°.Aranceles Extracuota. Las importaciones de algodón que se realicen por fuera del contingente distribuido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural pagarán el arancel de Nación más favorecida. 

  


Artículo 6°. La medida establecida en el artículo 1° del presente decreto estará vigente por el término de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial

  


Artículo 7°. El presente decreto entrará en vigencia quince (15) días comunes después de su publicación en el Diario Oficial

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de diciembre de 2014. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Mauricio Cárdenas Santamaría. 

  

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, 

  

Aurelio Iragorri Valencia. 

  

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, 

  

Cecilia Álvarez-Correa Glen.