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DECRETO24911956195610 script var date = new Date(15/10/1956); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCIII. N. 29179. 30, OCTUBRE, 1956. PÁG. 2.MINISTERIO DE JUSTICIAPor el cual se modifican los Decretos 2263 y 2337 de 1956VigentefalsefalseJusticia y del DerechofalseDECRETO ORDINARIO30/10/195630/10/1956291792982

DIARIO OFICIAL. AÑO XCIII. N. 29179. 30, OCTUBRE, 1956. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2491 DE 1956

(octubre 15)

Por el cual se modifican los Decretos 2263 y 2337 de 1956

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

decreta

  


Artículo primero. A partir del diez y seis (16) de octubre del año en curso, fíjanse las siguientes asignaciones mensuales para los cargos del Instituto de Medicina Legal que a continuación se indican: 

Oficial Archivero$450.00
Oficial Ayudante del Laboratorio Forense370. 00
Ayudante del Laboratorio de Hematología450.00

Artículo segundo. Aclárase el Decreto número 2337 de 1956, en el sentido de expresar que el sueldo asignado a los dos Asistentes Disectores del Instituto Central de Medicina Legal, es de $ 400.00 mensuales a cada uno o sea que la suma de $ 800.000.00 que allí figura, es la mensual para los dos Disectores, y no para cada uno. 

  


Artículo tercero. El Ayudante de Archivo del Departamento de Presupuesto del Ministerio de Justicia, pasará con la misma denominación y asignación mensual al Departamento de Personal del mismo Ministerio. 

  


Artículo cuarto. En los términos anteriores quedan modificados los Decretos 2263 y 2337 de 1956. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, a 15 de octubre de 1956. 

  

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA, 

  

Presidente de Colombia. 

  

El Ministro de Justicia, 

  

Luís Carlos Giraldo. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Luis Morales Gómez.