DECRETO24541943194312 script var date = new Date(14/12/1943); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25433. 30, DICIEMBRE, 1943. PÁG. 9.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Relaciones Exteriores)VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO30/12/194330/12/19432543310019

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25433. 30, DICIEMBRE, 1943. PÁG. 9.

DECRETO 2454 DE 1943

(diciembre 14)

Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Relaciones Exteriores)

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO 

  

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 3 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en la nota número 1548 procedente de la Secretaría de dicha entidad, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: 

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
CAPITULO 20.
Del artículo 173. Para sueldos del personal diplomático, en el año$5.000.00
Del artículo 174. Para gastos de representación del personal diplomático, en el año5.000.00
Suman los contracréditos$10.000.00
CAPITULO 19.
Al artículo 169. Para material y gastos varios del Ministerio, combustibles, lubricantes, reparaciones y repuestos de los vehículos al servicio del mismo, en el año$1.000.00
CAPITULO 21.
Al artículo 181. Para viáticos del personal consular, en el año9.000.00
Suman los créditos$10.000.00

Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1943. 

  

DARIO ECHANDIA 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Carlos LOZANO Y LOZANO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO