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DECRETO24511970197012 script var date = new Date(14/12/1970); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CVII. N. 33239. 10, FEBRERO, 1971. PÁG. 1.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), por $ 2.922.279.89VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO10/02/197114/12/1970332393371

DIARIO OFICIAL. AÑO CVII. N. 33239. 10, FEBRERO, 1971. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2451 DE 1970

(diciembre 14)

Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), por $ 2.922.279.89

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969 se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, a partir del 1° de enero de 1970, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito; 

  

Que por medio de la Resolución ejecutiva número 354 de 1970 se dispuso 1a. cancelación de reservas en el Balance del Tesoro, correspondientes a la vigencia fiscal de 1969, por un total de $2.922.279.891, lo cual constituye un recurso que el Gobierno ha determinado destinarlo para financiar la apertura de unos créditos adicionales al Presupuesta de Gastos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1075 de 1984, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 29 de 1970 por $2.922.279.89, con el cual se ampara el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido les requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Adiciónase los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de dos millones novecientos veintidós mil doscientos setenta y nueve pesos con ochenta y nueve centavos ($ 2.922.279.89) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 29 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, le incorporarán con imputación al siguiente numeral: 

  

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 

  

CAPITULO XV 

  

Recursos del Balance del Tesoro 

Numeral 17.3. Cancelación de Reservas del Balance del Tesoro con Fondos de Contrapartidas

$2.922.279.89 

Suma el Recurso$2.922.279.89

Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: 

  

PRESUPUESTO DE INVERSION 

  

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA 

  

Capítulo 505 

  

Departamento Administrativo Nacional 

  

de Estadística . 

  

Programa 505 

  

Desarrollo de la Investigación Estadística 

  

Inversión directa 

  

Recursos del Balance del Tesoro con base en Fondos de Contrapartidas. 

490, 115. Artículo 5054-E. Censo Agropecuario$1.422.279.89

Programa 507 

  

Remodelación edificios 

  

Inversión directa 

  

Recursos del Balance del Tesoro, con base en Fondos de Contrapartidas 

563, 435. Artículo 5061. Remodelación edificio DANE$1.500.000.00
Suman los Créditos$2.922.279.89

Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de diciembre de 1970. 

  

MISAEL PASTRANA BORRERO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Alfonso Patiño Rosselli.