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DECRETO24471973197311 script var date = new Date(29/11/1973); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CX. N. 34002. 18, ENERO, 1974. PÁG. 1.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se se?ala una asignaci?n.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO18/01/197429/11/119734002171

DIARIO OFICIAL. AÑO CX. N. 34002. 18, ENERO, 1974. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2447 DE 1973

(noviembre 29)

Por el cual se se?ala una asignaci?n.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 2° de 1973, oído el concepto de la Junta Consultiva creada por la misma ley, y de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto, el Tesorero General de la República, tendrá la misma asignación mensual que se destine para los Ministros del Despacho Ejecutivo. 

  


Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Publíquese y Cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, Distrito Especial, de 1973 a 29 de noviembre 

  

MISAEL PASTRANA BORRERO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez. La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Carmenza Arana de Ramírez.