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DECRETO24451971197112 script var date = new Date(13/12/1971); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. CVIII. N. 33501. 25, ENERO, 1972. PÁG. 4MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1971. (ministerio de obras públicas), por $ 3.000.000VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO25/01/197213/12/1971335011164

DIARIO OFICIAL. AÑO. CVIII. N. 33501. 25, ENERO, 1972. PÁG. 4

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2445 DE 1971

(diciembre 13)

Por el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1971. (ministerio de obras públicas), por $ 3.000.000

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que por .medio del numeral 3° del artículo 50 de la Ley 4a de 1970, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos, por medio de decreto, a partir del 1 de enero de 1971, y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funciónamento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa ele inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito; 

  

Que por medio de la Resolución Ejecutiva número 348 de 1971 el Gobierno Nacional declaró sobrante y, por lo tanto, disponible para ser contracreditada la cantidad de $3.000.000.00, en el presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de un crédito adicional al mismo Presupuesto; 

  

Que el Auditor General de la Contraloría General de la República ante el Ministerio de Obras Públicas expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 3 de 1971, por $ 3.000.000.00, para amparar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

decreta: 

  


Artículo 1º. Hácese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971; 

  

Presupuesto de inversión. 

  

Ministerio de Obras Públicas. 

  

CAPITULO 710 

  

Ministerio de Obras Públicas. 

  

Programa 710. 

  

Edificios, Monumentos y Parques Nacionales. 

  

Subprograma 1. Estudios, reconstrucción y conservación de edificios nacionales

  

Inversión directa. 

  

Recursos del crédito interno. 

  

(Bonos Ley 21/63). 

563-435. Artículo 7100. Estudios, reconstrucción y conservación de edificios
nacionales3.000.000.00
Proyecto 1. Edificio Departamento Nacional de Planeación$ 3.000.000.00
Suma el contracrédito$3.000.000.00

Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971:
Presupuesto de Inversión.
Ministerio de Obras públicas.
CAPITULO 710
Ministerio de Obras Públicas.
Programa 710.
Edificios, monumentos y parques nacionales.
Inversión directa.
Recursos del Crédito Interno.
(Bonos Ley 21/63).
531-433. Artículo 710.6-B, Remodelación del sector antiguo de Popayán (Ley 163 de 1959)$3.000.000.00
Suma el crédito$3.000.000.00

Artículo 3º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de diciembre de 1971. 

  

misael pastrana borrero 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente