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DECRETO24161973197311 script var date = new Date(23/11/1973); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCVIII N. 34000. 23 SEPTIEMBRE, 1961. PAG. 4.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de (Ministerio de Justicia y Rama Jurisdiccional), por $ 13.200.000.00VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO16/01/197423/11/19743400044

DIARIO OFICIAL. AÑO XCVIII N. 34000. 23 SEPTIEMBRE, 1961. PAG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2416 DE 1973

(noviembre 23)

Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de (Ministerio de Justicia y Rama Jurisdiccional), por $ 13.200.000.00

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que por medio del artículo 48 de la Ley 9 de 1972, se autorizó al Gobierno Nacional para, abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia, fiscal de 1973, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito; 

  

Que el Ministerio de Justicia, por medio de la Resolución número 4561 de 1973, declaró sobrante la cantidad de $ 13.200.000.00 en el presupuesto de gastos del Ministerio 

  

de Justicia y de la Rama Jurisdiccional, para la vigencia fiscal de 1973, con el objeto de que sea trasladada para Incrementar otras apropiaciones de los mismos presupuestos; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República, expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 59 de 1973, por $ 13.200.000.00 para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

decreta: 

  


Artículo 1°. Hacense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973: 

  

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 

  

CONTRACREDITOS 

  

Ministerio de Justicia 

  

Capítulo 131 

  

Ministerio de Justicia 

  

Programa 141 

  

Dirección Supérior 

  

Servicios Personales 

102 111 129. Artículo 1308. Subsidio familiar$ 2.500.000

Rama Jurisdiccional 

  

Capítulo 361 

  

Corte Suprema de Justicia. 

  

Programa 371 

  

Administración de la Corte Suprema de 

  

Justicia 

  

Servicios Personales 

102 134 129. Artículo 3807. Subsidio familiar1.500.000

Capítulo 362 

  

Tribunales Superiores de Distrito Judicial. 

  

Programa 372 

  

Administración de Tribunales Superiores 

  

Servicios Personales 

102 134 121. Artículo 3820. Prima de capacitación1.150.000

Capítulo 363 

  

Justados Superiores de Distrito Judicial 

  

Programa 373 

  

Administración de los Juzgados Superiores de ' 

  

Distrito Judicial 

  

Servicios Personales 

102 134 121. Artículo 3832. Prima ascensional250.000
102 134 121. Artículo 3833. Prima de capacitación800.000

Capítulo 364 

  

Instrucción Criminal 

  

Programa 374 

  

Administración de los Juzgados de Instrucción 

  

Criminal y Juzgados de Instrucción Penal 

  

Aduanera. 

  

Servicios Personales 

102 134 121. Artículo 3846. Prima de capacitación1.000.000
102 134 121. Artículo 3847. Prima ascensional1.000.000

Capítulo 365 

  

Juzgados del Circuito 

  

Programa 375 

  

Administración de los Juzgados del Circuito. 

  

Servicios Personales 

102 134 121. Artículo 3859. Prima ascensional800.000
102 134 121. Artículo 3860. Prima de capacitación1.000.000

Programa 143 

  

Dirección General de Prisiones 

  

Transferencias 

  

205 135 430. Artículo 1342. Pago de raciones a 

  

Presos $ 10.205.000 

  

RAMA JURISDICCIONAL 

  

Capítulo 361 

  

Corte Suprema de Justicia 

  

Programa 371 

  

Administración de la Corte Suprema de Justicia 

  

Gastos Generales 

105 134 201. Artículo 3808. Mantenimiento y aseguras20 .000

Capítulo 362 . 

  

Tribunales Superiores de Distrito Judicial 

  

Programa 372 

  

Administración de Tribunales Superiores ' 

  

Servicios Personales 

101 134 103. Artículo 3816. Sueldos del personal de nómina100,000
102 134 117. Artículo 381.8. Prima de Navidad .20.0000

Capítulo 363 

  

Juzgados Superiores de Distrito Judicial 

  

Programa 373 , 

  

Administración de los Juzgados Superiores de 

  

Distrito Judicial 

  

Servicios Personales 

101 134 103. Artículo 3830. Sueldos del personal de nómina

102 134 117. Artículo 3831. Prima de Navidad 

100.000

20.000 

Capítulo 364 

  

Instrucción Criminal 

  

Programa 374 

  

Administración de los Juzgados de Instrucción 

  

Criminal y Juzgados de Instrucción Penal 

  

Aduanera 

  

Servicios Personales 

101 134 103. Artículo 3842. Sueldos del personal de nómina

102 134 117. Artículo 3845. Prima de Navidad. 

  

Gastos Generales 

  

106 134 205. Artículo 3851. Viáticos y gastos de viaje 

  

Capítulo 365 

  

Juzgados del Circuito 

  

Programa, 375 

  

Administración de los Juzgados del Circuito 

  

Servicios Personales 

  

101 134 103. Artículo 3857. Sueldos del personal de nómina 

  

102.134 117. Artículo 3858. Prima de Navidad. 

  

Capítulo 366 

  

Juzgados del Trabajo 

  

Programa 376 

  

Administración de los Juzgados de] Trabajo 

  

Servicios Personales 

101 134 103: Artículo 3869. Sueldos del personal de nómina200.000
102 134 117. Artículo 3870. Prima de Navidad50.000

Capítulo 368 

  

Juzgados de Menores 

  

Programa, 378 

  

Administración de los Juzgados de Menores i 

  

Servicios Personales 

101 134 103. Artículo 3893. Sueldos del personal de nómina200.000
102 134 117. Artículo 3894, Prima de Navidad.50.000

Capítulo 369 

  

Juzgados Municipales y Territoriales 

  

Programa 379 

  

Administración de los Juzgados Municipales y 

  

Territoriales. 

  

Servicios Personales 

101 134.103. Artículo 3905. Sueldos del personal de nómina200.000
102 134 117. Artículo 3906. Prima de Navidad.200.000

Capítulo 371 

  

Tribunales Administrativos 

  

Programa 381 

  

Administración de los Tribunales 

  

Administrativos. 

  

Gastos Generales 

106 134 211. Artículo 3940. Materiales y suministros.$ 5.000

Capitulo 372 

  

Consejo de Estado 

  

Programa 382 

  

Administración del Consejo de Estado 

  

Gastos Generales 

105 134 201. Artículo 3947.'Mantenimiento y asegures20.000

PRESUPUESTO DE INVERSION 

  

Ministerio de Justicia 

  

Capítulo 550 

  

Ministerio de Justicia 

  

Programa 552 

  

Adiestramiento 

  

Inversión Directa 

  

Recursos Ordinarios 

565 136. Artículo 5577. Capacitación de personal.300.000

Proyecto 4. Capacitación de guardianes 

Suman los créditos:$13.200.000

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 23 de noviembre de 1973. 

  

MISAEL PASTRANA BORRERO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Luis Fernando Echavarría Vélez.