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DECRETO23252009200906 script var date = new Date(23/06/2009); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47390. 24, JUNIO, 2009. PÁG. 1.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009 y se efectúa la correspondiente liquidación.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIO24/06/200924/06/20094739011

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47390. 24, JUNIO, 2009. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2325 DE 2009

(junio 23)

por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009 y se efectúa la correspondiente liquidación.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confieren los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1260 de 2008, en la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009, el cual se liquidó por medio del Decreto 4841 de 2008; 

  

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación; 

  

Que el Instituto Nacional de Concesiones -INCO- y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID, suscribieron el 31 de diciembre de 2006, el Convenio de Cooperación Técnica no reembolsable número ATN/MT-9636-CO Programa de Asociación Público Privada (APP) en IIRSA, cuyo objeto es el fortalecimiento de las capacidades del INCO para diseñar e implementar nuevas modalidades de vinculación de capital privado en los proyectos de infraestructura bajo la figura de asociaciones público privado o APPS, por valor de seiscientos setenta mil dólares (US$670.000). El INCO aporta doscientos setenta mil dólares (US$270.000) y el BID recursos no reembolsables por valor de cuatrocientos veinte mil dólares (US$420.000), de los cuales veinte mil dólares (US$20.000) están orientados a evaluación y auditorías, por tanto no serán recibidos por el INCO. 

  

Que de los recursos no reembolsables del BID, el INCO ejecutó en las vigencias 2007 y 2008 ciento treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y seis dólares (US$134.246), requiriéndose en consecuencia la incorporación al Presupuesto General de la Nación de los restantes doscientos sesenta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro dólares (US$265.754) para su ejecución. 

  

Que el Instituto Nacional de Concesiones -INCO-, mediante oficio número 20094000059941 del 22 de mayo de 2009, solicitó la incorporación al Presupuesto General de la Nación del equivalente en pesos colombianos, de ciento once mil dólares (US$ 111.000) provenientes del Convenio de Cooperación Técnica no reembolsable número ATN/MT-9636-CO Programa de Asociación Público Privada (APP), calculados a una tasa de cambio de $2.407,34. 

  

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República; 

  

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación; el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto. 

  

Que la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio DIFP-12-200926200001406 del 6 de abril de 2009, emitió concepto favorable para la incorporación de $267.214.740 al presupuesto de Recursos de Capital y Gastos de Inversión del Instituto Nacional de Concesiones, provenientes del Convenio de Cooperación Técnica no reembolsable número ATN/MT-9636-CO Programa de Asociación Público Privada (APP), suscrito por ese Instituto con el BID. 

  

Que la Coordinadora del Area de Tesorería del Instituto Nacional de Concesiones, mediante Certificación del 8 de junio de 2009, manifestó la disponibilidad de los recursos provenientes del Convenio de Cooperación Técnica no reembolsable número ATN/MT-9636-CO en la cuenta 11000867 del Banco de Colombia Miami Agency. La Jefe de Presupuesto del INCO por su parte, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal del 4 de junio de 2009, indicando que estos recursos se encuentran disponibles y libres de afectación presupuestal y por tanto susceptibles de ser incorporados al Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2009, en cuantía de US$111.000 a una tasa de cambio de $2.407.34. 

  

DECRETA 

  


Artículo 1°.Adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de doscientos sesenta y siete millones doscientos catorce mil setecientos cuarenta pesos m/cte ($267.214.740), según el siguiente detalle: 

  

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

  

II. Ingresos de los Establecimientos Públicos 

267.214.740 

241300 Instituto Nacional de Concesiones 

  

B. Recursos de Capital 

267.214.740 

  


Artículo 2°.Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la suma de doscientos sesenta y siete millones doscientos catorce mil setecientos cuarenta pesos m/ cte ($267.214.740), según el siguiente detalle: 

  

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

  

CTA PROG  

SUBC SUBP  

CONCEPTO  

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS  

TOTAL  

  

  

SECCION 2413 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES  

  

  

  

  

  

TOTAL PRESUPUESTO  

  

267.214.740  

267.214.740  

  

  

C. INVERSION  

  

267.214.740  

267.214.740  

  

  

ATENCION CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL  

  

530  

PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO  

  

267.214.740  

267.214.740  

530  

600  

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE  

  

267.214.740  

267.214.740  

TOTAL PRESUPUESTO SECCION  

267.214.740  

267.214.740  

  


Artículo 3°.Liquidación a la adición del presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente liquidación a la adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la suma de doscientos sesenta y siete millones doscientos catorce mil setecientos cuarenta pesos m/cte ($267.214.740), según el siguiente detalle: 

  

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

  

II. Ingresos de los Establecimientos Públicos  

267.214.740  

241300 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES 

  

B. Recursos de Capital  

267.214.740  

  


Artículo 4°.Liquidación a la adición del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúase la siguiente liquidación a la adición al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la suma de doscientos sesenta y siete millones doscientos catorce mil setecientos cuarenta pesos m/cte ($267.214.740), según el siguiente detalle: 

  

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

  

CTA PROG  

SUBC SUBP  

CONCEPTO  

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS  

TOTAL  

  

  

SECCION 2413 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES  

  

  

  

  

  

TOTAL PRESUPUESTO  

  

267.214.740  

267.214.740  

  

  

C. INVERSION  

  

267.214.740  

267.214.740  

  

  

ATENCION CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL  

  

  

  

530  

  

PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO  

  

267.214.740  

267.214.740  

530  

600  

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE  

  

267.214.740  

267.214.740  

TOTAL PRESUPUESTO SECCION  

267.214.740  

267.214.740  

  


Artículo 5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto. Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de junio de 2009. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Oscar Iván Zuluaga Escobar. 

  


DETALLE DE LA COMPOSICION DEL PRESUPUESTO DE RENTAS 

  

CONCEPTO 

TOTAL 

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 

267.214.740 

241300 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES 

B. RECURSOS DE CAPITAL 

267.214.740 

TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL 

267.214.740 

  

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

  

CTA PROG 

SUBC SUBP 

OBJG PROY 

ORD SPRY 

REC 

CONCEPTO 

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS 

TOTAL 

  

  

  

  

  

SECCION 2413 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES 

  

  

  

  

  

  

  

  

TOTAL PRESUPUESTO 

  

267.214.740 

267.214.740 

  

  

  

  

  

C. INVERSION 

  

267.214.740 

267.214.740 

  

  

  

  

  

ATENCION CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL 

  

267.214.740 

267.214.740 

530 

  

  

  

  

PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO 

  

267.214.740 

267.214.740 

530 

600 

  

  

  

INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE 

  

267.214.740 

267.214.740 

530 

600 

  

  

APOYO A LA GESTION DEL ESTADO. ASESORIAS Y CONSULTORIAS. CONTRATOS DE CONCESION 

  

267.214.740 

267.214.740 

  

  

  

  

25 

DONACIONES 

  

267.214.740 

267.214.740 

  

(C.F.)