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DECRETO22841943194311 script var date = new Date(22/11/1943); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CVIII. N. 25408. 29, NOVIEMBRE, 1943. PÁG. 5.MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIALPor el cual se crea la Oficina de Control de Centros de Higiene y se hacen unos nombramientosVigentefalsefalseTrabajofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse29/11/194329/11/1943254086935

DIARIO OFICIAL. AÑO CVIII. N. 25408. 29, NOVIEMBRE, 1943. PÁG. 5.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2284 DE 1943

(noviembre 22)

Por el cual se crea la Oficina de Control de Centros de Higiene y se hacen unos nombramientos

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Primer Designado, Encargado de la Presidenciade la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus atribuciones legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. De conformidad con la Ley 1a de 1931, créase la Oficina de Control de Centros de Higiene, anexa al Departamento de Servicios Coordinados de Higiene del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, con el siguiente personal y asignaciones mensuales: 

Un Epidemiólogo-Visitador320 00
Un Dentista-Revisor250.00
Un Revisor-Visitador250.00
Un Veterinario-Revisor250.00

Artículo 2°. Hácense los siguientes nombramientos para proveer los cargos creados en el artículo anterior: 

  

Epidemiólogo-Visitador, doctor Eduardo Ucrós García. 

  

Dentista-Revisor, doctor José Barrientos H. 

  

Revisor-Visitador, señor José María Torres. 

  

Veterinario-Revisor, doctor Manuel Clavijo Peralta. 

  


Artículo 3°. Nómbrase Ingenieros Sanitarios para la Sección de Saneamiento del Departamento de Ingeniería Sanitaria del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, de conformidad con el Decreto número 1772 de 1943, a los doctores Carlos Calvache y Luis Pachón Rojas. 

  


Artículo 4°. El presente Decreto regirá desde su expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá a 22 de noviembre de 1943. 

  

DARIO ECHANDIA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Trabajo Higiene y Previsión Social, 

  

Jorge Eliecer GAITAN