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DECRETO22421915191512 script var date = new Date(13/12/1915); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LI. N. 15672. 18, DICIEMBRE, 1915. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOpor el cual se adiciona el marcado con el número 729 (23 de abril), del presente año, sobre Penitenciarías.VigentefalsefalseInteriorfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse18/12/191518/12/19151567220251

DIARIO OFICIAL. AÑO LI. N. 15672. 18, DICIEMBRE, 1915. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2242 DE 1915

(diciembre 13)

por el cual se adiciona el marcado con el número 729 (23 de abril), del presente año, sobre Penitenciarías.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

EL Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones, 

  

DECRETA

  


Artículo 1°. Créase en la Penitenciará de Pasto el puesto de Directora de la reclusión de mujeres, con una asignación, mensual de $ 20 oro. 

  


Artículo 2°. El sueldo se reconocerá desde el día, en que se haya venido prestando el servicio. 

  


Artículo 3°. Este sueldo queda sometido al descuento del 5 por 100 establecido por el Decreto número 23 del presente año. 

  


Artículo 4°. Queda en estos términos adicionado el artículo 2° del Decreto número 729 del presente año. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 13 de Diciembre de 1915. 

  

JOSÉ VICENTE CONCHA 

  

El Ministro de Gobierno, MIGUEL ABADÍA MENDÉZ