DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXI. N. 25942. 21, SEPTIEMBRE, 1945. PÁG. 5.
DECRETO 2237 DE 1945
(septiembre 07)
Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
(Ministerios de Gobierno, Relaciones Exteriores y Hacienda y Crédito Público).
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 28 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Capítulo 34.
Del artículo 314. Para atender al servicio de amortización, pago de intereses, comisiones y demás gastos de los bonos de deuda externa en dólares, del 3% anual, de acuerdo con el Convenio celebrado el 1" de octubre de 1940. | $ 201.199.04 | |
Suman los contracréditos. | $ 201.199.04 | |
AL MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 10.
Al artículo 70. Para dotación de las oficinas del Organo Judicial y del Ministerio Público, de máquinas de escritor, muebles, enseres y libros de consulta, en el año. | $ 1.199.04 | |
AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES | ||
Capítulo 19. | ||
Al artículo 191. Para gastos, reservados, extraordinarios de imprevistos del Ministerio y pago de medios sueldos por enfermedad comprobada, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, en el año. | 16.500.00 | |
Capítulo 20. | ||
Al artículo 193. Para sueldos del personal diplomático, en el año. | 60.000.00 | |
Al artículo 194. Para gastos de representación del personal diplomático, en el año | 5.000.00 | |
Al artículo 195. Para atender al pago de sueldos en viaje de ida y regreso, de los funcionarios del Servicio Diplomático, en el año | 3.500.00 | |
Al artículo 197. Para viáticos del personal diplomático, en el año | 90.000.00 | |
Capítulo 21. | ||
Al artículo 199. Para gastos del personal consular, en el año | 14.000.00 | |
Al artículo 202. Para viáticos del personal consular, en el año | 10.000.00 | |
Capítulo 22. | ||
Al artículo 204-A. Para pagar la cuota de gastos administrativos asignada a Colombia en el presente año, en la United Nations Relief and Rehabilitation Administration (Convenio del 9 de noviembre de 1943) | 1.000.00 | 200.000.00 |
Suman los créditos | $ 201,199,04 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de septiembre de 1945.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Gobierno,
Absalón FERNANDEZ DE SOTO
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,
Francisco UMAÑA BERNAL
El Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho,
Carlos PELAEZ