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DECRETO22332009200906 script var date = new Date(16/06/2009); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47382. 16, JUNIO, 2009. PÁG. 1.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto 004 del 2 de enero de 2009.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIO16/06/200916/06/20094738211

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47382. 16, JUNIO, 2009. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2233 DE 2009

(junio 16)

por el cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto 004 del 2 de enero de 2009.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones; 

  

Que el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 004 de 2009 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $3.024,7 mil millones; 

  

Que el Consejo de Ministros, el 2 de enero de 2009 facultó al Consejo Superior de Política Fiscal - Confis, para emitir el concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o parcialmente; 

  

Que el artículo 4° del Decreto 004 del 2 de enero de 2009, estableció que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal -Confis, podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo; 

  

Que el Ministerio de la Protección Social, mediante comunicación del 14 de mayo de 2009, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento incluidas en el Decreto 004 de 2009; 

  

Que el Consejo Superior de Política Fiscal -Confis, en su sesión del 1° de junio de 2009, una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, emitió concepto favorable para modificar algunas partidas por la suma de ciento cincuenta mil setecientos cincuenta y cinco millones cuatrocientos veintitrés mil cuarenta pesos ($150.755.423.040) moneda legal, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de ciento cincuenta mil setecientos cincuenta y cinco millones cuatrocientos veintitrés mil cuarenta pesos ($150.755.423.040) moneda legal, según el siguiente detalle: 

  

Desaplazamiento - Presupuesto General de la Nación 

  

CTA PROG  

SUBC SUBP  

OBJG PROY  

ORD SPRY  

REC  

CONCEPTO  

APORTE NACIONAL  

RECURSOS PROPIOS  

TOTAL  

  

  

  

  

  

Sección 1401 

Servicio de la Deuda Pública Nacional  

  

  

  

  

  

  

  

  

Total  

150.000.000.000  

  

150.000.000.000  

  

  

  

  

  

B. Servicio de la Deuda Pública  

150.000.000.000  

  

150.000.000.000  

  

  

  

  

Servicio de la Deuda Interna 

150.000.000.000 

  

150.000.000.000 

  

  

  

Amortización Deuda Pública Interna 

150.000.000.000 

  

150.000.000.000 

  

  

Títulos Valores 

150.000.000.000 

  

150.000.000.000 

  

Títulos Valores 

150.000.000.000 

  

150.000.000.000 

  

  

  

  

11 

Otros Recursos del Tesoro 

150.000.000.000 

  

150.000.000.000 

  

  

  

  

  

Sección 3601  

  

  

  

  

  

  

  

  

Ministerio de la Protección Social  

  

  

  

  

  

  

  

  

Total  

755.423.040  

  

755.423.040  

  

  

  

  

  

Unidad 360101  

  

  

  

  

  

  

  

  

Gestión General  

  

  

  

  

  

  

  

  

A. Funcionamiento  

755.423.040  

  

755.423.040  

  

  

  

  

Gastos Generales 

502.304.040 

  

502.304.040 

  

  

Impuestos y Multas 

20.430.800 

  

20.430.800 

  

  

  

  

10 

Recursos Corrientes 

20.430.800 

  

20.430.800 

  

  

Adquisición de Bienes y Servicios 

481.873.240 

  

481.873.240 

  

  

  

  

10 

Recursos Corrientes 

481.873.240 

  

481.873.240 

  

  

  

  

Transferencias Corrientes 

253.119.000 

  

253.119.000 

  

  

  

Transferencias de Previsión y Seguridad Social 

253.119.000 

  

253.119.000 

  

  

Otras Transferencias de Previsión y Seguridad Social 

253.119.000 

  

253.119.000 

  

Atención en Salud a población inimputable por trastorno mental (Ley 65 de 1993) 

253.119.000 

  

253.119.000 

  

  

  

  

10 

Recursos corrientes 

253.119.000 

  

253.119.000 

  

  

  

  

  

Total Desaplazamiento  

150.755.423.040  

  

150.755.423.040  

  


Artículo 2°. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de ciento cincuenta mil setecientos cincuenta y cinco millones cuatrocientos veintitrés mil cuarenta pesos ($150.755.423.040) moneda legal, según el siguiente detalle: 

  

Aplazamiento - Presupuesto General de la Nación 

  

CTA PROG  

SUBC SUBP  

OBJG PROY  

ORD SPRY  

REC  

Concepto  

Aporte Nación  

Recursos Propios  

Total  

Sección 1401  

  

  

  

Servicio de la Deuda Pública Nacional  

  

  

  

Total  

150.000.000.000  

  

150.000.000.000  

B. Servicio de la Deuda Pública  

150.000.000.000  

  

150.000.000.000  

Servicio de la Deuda Externa  

150.000.000.000  

  

150.000.000.000  

Intereses, Comisiones y Gastos Deuda Pública Externa  

150.000.000.000  

  

150.000.000.000  

Banca Comercial  

150.000.000.000  

  

150.000.000.000  

CTA PROG  

SUBC SUBP  

OBJG PROY  

ORD SPRY  

REC  

Concepto 

Aporte Nación  

Recursos Propios  

Total  

11 

Otros Recursos del Tesoro  

150.000.000.000  

  

150.000.000.000  

Sección 3601 

Ministerio de la Protección Social  

  

  

  

Total  

755.423.040  

  

755.423.040  

Unidad 360101  

Gestión General  

  

  

  

A. Funcionamiento  

755.423.040  

  

755.423.040  

Transferencias Corrientes  

755.423.040  

  

755.423.040  

Otras Transferencias  

755.423.040  

  

755.423.040  

Destinatarios de las otras Transferencias Corrientes  

755.423.040  

  

755.423.040  

20 

Otras Transferencias Previo Concepto DGPPN  

755.423.040  

  

755.423.040  

10 

Recursos Corrientes  

755.423.040  

  

755.423.040  

Total Aplazamiento  

150.755.423.040  

  

150.755.423.040 

  


Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de junio de 2009. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Oscar Iván Zuluaga Escobar.