DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXI. N. 25935. 13, SEPTIEMBRE, 1945. PÁG. 2.
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DECRETO 2204 DE 1945
(septiembre 05)
Se autoriza una segunda emisión de "bonos colombianos de tesorería-194
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales y en especial de las quien le confiere el artículo 2° de la ley 35 de 1944,
DECRETA:
Artículo 1° Autorizase una segunda emisión de quince millones de pesos ($ 15.000.000) en "Bonos Colombianos de Tesorería de 1945", amortizables en el transcurso de treinta (30) anos que devengaran un interés del seis por ciento (6%) anual. Pagadero por trimestres y que se denominaran bonos de la clase "b".
Artículo 2° Los bonos de que trata el artículo anterior se emitirán con fecha de septiembre del presente año, y el contrato que sobre el particular celebre el gobierno con el Banco de la República se estipularán las demás características de dicha segunda emisión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 se septiembre de 1945.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
CARLOS PELAEZ,
Secretario General, encargado del Despacho