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DECRETO21901934193411 script var date = new Date(19/11/1934); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXX. N. 22750, 1, DICIEMBRE, 1934. PÁG. 3MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPor el cual se suprimen varios Consulados remunerados, ad honorem y algunos cargos remunerados y ad honorem en el servicio consular de la RepúblicaVigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse01/12/193401/12/1934227504993

DIARIO OFICIAL. AÑO LXX. N. 22750, 1, DICIEMBRE, 1934. PÁG. 3

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2190 DE 1934

(noviembre 19)

Por el cual se suprimen varios Consulados remunerados, ad honorem y algunos cargos remunerados y ad honorem en el servicio consular de la República

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° A partir del 1° de enero de 1935 quedan suprimidos los Consulados remunerados en Los Ángeles (Estados Unidos), Loja, (Ecuador), y en Vigo (España). 

  


Artículo 2° Desde el 1° de enero de 1935 quedan suprimidos los siguientes Consulados ad honórem con emolumentos: Newark (Estados Unidos) y Saint Etienne y La Rochelle (Francia). 

  


Artículo 3° Del 1° de enero de 1935 en adelante quedan suprimidos los siguientes Consulados ad honórem: Matanzas,(Cuba), Southbend y Pasadena (Estados Unidos), Saint Thomas (Islas Vírgenes), Manzanillo, Mérida, Monterrey y Nueva Laredo (México), Colonia y Elberfeld (Alemania), Ciudadela y Gijón (España), Biarritz, Cognac, Montpellier, Niza, Tolón, Tours y Chatel Guyon (Francia) y Parma (Italia). 

  


Artículo 4° Desde el 1° de enero de 1935 quedan suprimidos los siguientes cargos remunerados en algunos Consulados de Colombia: el Secretario y el Ayudante del Consulado General en Manaos y el Canciller del Consulado de Glasgow. 

  


Artículo 5° Desde el 1° de enero de 1935 quedan suprimidos los siguientes empleados ad honórem de varios Consulados de Colombia: Vicecónsules en Rosario de Santa Fe (Argentina), La Paz (Bolivia), Chicago, San Francisco de California, Salt Lake City (Estados Unidos), Puerto Príncipe (Haití), Málaga, Santa Cruz de Tenerife y Valencia (España), Niza y Montpellier (Francia), Nápoles, Roma y Savona (Italia), Ámsterdam y Rotterdam (Holanda), Estocolmo (Suecia), y Tientsin y Cantón (China). Los Cancilleres de los Consulados de Colombia en San Francisco y Los Ángeles (Estados Unidos), y los Cancilleres en Nápoles y Roma. El Agente Consular en San José de California y el segundo Consejero Comercial del Consulado de Colombia en Nueva York. 

  


Artículo 6° A partir del 1° de enero de 1935 suprímense los emolumentos del Consulado General de La Paz (Bolivia). 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1934, 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

R. URDANETA ARBELAEZ