DIARIO OFICIAL. AÑO LXX. N. 22740. 20, NOVIEMBRE, 1934. PÁG. 3
ÍNDICE [Mostrar] |
DECRETO 2112 DE 1934
(noviembre 07)
Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de la vigencia en curso
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros en su sesión de fecha 2 de los corrientes aprobó la solicitud de autorización del Ministerio de Gobierno para efectuar, dentro del Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia en curso los traslados a que el presente Decreto se refiere,
DECRETA:
Artículo único. Hácense en el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso, los siguientes traslados:
MINISTERIO DE GOBIERNO
| Del capítulo 13, artículo 25. Sueldos de los empleados de las Penitenciarias y Cárceles de Distrito y de Circuito, etc. $ | $ | 24,356 | 54 |
| Al artículo 28 del mismo capítulo. Para pagar raciones de presos y demás gastos de material de las Cárceles de Distrito y de Circuito Judicial | 24,356 | 54 | |
| Del capítulo 13, artículo 25 bis. Gastos de personal y material de la Comisión de Asuntos Penales y Penitenciarlos | 5,000 | ||
| Al capítulo 12, artículo 24. Material y demás gastos de los Juzgados de Menores y raciones de menores de las Casas de Corrección, etc. | 5,000 | ||
| Del capítulo 13, artículo 26. Sueldos de la Colonia Penal y Agrícola de Acacias | 10,422 | 67 | |
| Al artículo 27, del mismo capítulo. Raciones de presos y demás gastos de material de las Penitenciarías, etc. | 10,422 | 67 |
| Comuníquese, cúmplase y dése cuenta al señor Contralor General de la República, para lo de su cargo.
Dado en Bogotá a 7 de noviembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Darío ECHANDIA
|