DIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32574. 14, AGOSTO, 1968. PÁG. 2.
DECRETO 2064 DE 1968
(julio 29)
por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1968. (Ministerio de Fomento), por $ 3.000.000.00.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, facultó al Gobierno para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y para abrir las correspondientes apropiaciones;
Que en uso de las facultades conferidas al Gobierno Nacional por Decretos números 2324 y 2855 de 1965, y 2060 de 1967, se emitieron certificados provisionales de Bonos de Desarrollo Económico, de la clase "B", correspondientes al año de 1967, por valor de $ 35.000.000.00, de los cuales se destinan $ 3.000.000.00, como aporte a la C.V.C. de Cali, para la remodelación urbana y el estudio topográfico del alcantarillado de Buenaventura;
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 15 de 1968, por valor de $ 35.000.000.00, de los cuales se utilizan $ 3.000.000.00, para financiar el crédito de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1968, con la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 15 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos. | |
Recursos de capital. | |
CAPÍTULO XVI | |
Recursos del Crédito. | |
a) Recursos del Crédito Interno | |
Numeral 165, Emisión de Bonos de Desarrollo Económico | 3.000.000 |
Suma el recurso | 3.000.000 |
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:
Presupuesto de Inversión
MINISTERIO DE FOMENTO
CAPITULO 1100
Rama Ténica.
Programa 1606
Fomento Económico Regional
Inversión indirecta.
Recursos del crédito interno.
(Bonos de Desarrollo Económico)
580. 282. Artículo 10685-B. Para entregar a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, con destino a la remodelación urbana y estudio topográfico del alcantarillado de Buenaventura | 3.000.000 |
Suma el crédito | 3.000.000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de julio de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.