DIARIO OFICIAL. AÑO. CXII. N. 34422. 16, OCTUBRE, 1975. PÁG. 3.
DECRETO 2056 DE 1975
(septiembre 23)
Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Congreso Nacional), por $ 534.326.00
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que el Ministerio, de Hacienda y Crédito Público dictó la Resolución, número 9665 de 1975, por la cual se aprueba la Resolución número 408 del mismo año, de la Comisión de la Mesa del Senado de la, República, que declaró la cantidad de $ 534.326.00 sobrante, en el presupuesto de dicho Senado, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo, presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 del Decreto - ley número 394 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de reserva y disponibilidad número 69 de 1975 por $ 534.326.00 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:
Presupuesto de Funcionamiento.
Contracrédito.
CAPITULO 001 Senado de la República
PROGRAMA 001
Estudio, Discusión y Aprobación de leyes en el Senado
Gastos Generales
105 111 203 Artículo 0012. Compra de equipos | $ | 534.326.00 |
Suma el contracrédito | $ | 534.326.00 |
Créditos
CAPITULO 001
Senado de la República
PROGRAMA 001
Estudio, Discusión y Aprobación de las Leyes en el Senado
Servicios Personales.
101 111 103 Artículo 0002. Sueldos del personal de nómina | $ | 493.224.00 |
102 111 117 Artículo 0006. Prima de Navidad. | 41.102.00 | |
Suman los créditos | $ | 534.326.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de septiembre de 1975.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.