DECRETO19971955195507 script var date = new Date(19/07/1955); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 28826. 13, AGOSTO, 1955. PÁG.10.MINISTERIO DE FOMENTOPor el cual se destina una partida para propaganda turística, y se dictan otras disposicionesVigentefalsefalseMinas y EnergíafalseDECRETO ORDINARIO13/08/195519/07/19552882661010

DIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 28826. 13, AGOSTO, 1955. PÁG.10.

DECRETO 1997 DE 1955

(julio 19)

Por el cual se destina una partida para propaganda turística, y se dictan otras disposiciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Como parte de la propaganda nacional turística, destínase por una sola vez la cantidad de cuatro mil pesos ($4.000.00) moneda corriente, para cooperar a los gastos que demande la visita que hará el Cuerpo Diplomático acreditado ante el Gobierno Nacional, a la Costa Atlántica en el mes de agosto del presente año 

  


Artículo segundo. El Ministerio de Fomento situará al Pagador del Ministerio de Relaciones Exteriores, con cargo al Capítulo 82, artículo 1112 del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, la suma de que trata el artículo anterior mediante el giro de la respectiva orden de anticipo. 

  


Artículo tercero. Este Decreto rige desde su fecha de expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1955. 

  

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA, 

  

Presidente de Colombia. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos Villaveces. 

  

El Ministro de Fomento, 

  

Manuel Archila M.