DECRETO19811947194706 script var date = new Date(16/06/1947); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26459. 24, JUNIO, 1947. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se crea una Secretaría, se fija su personal y asignaciones y se señalan las funciones correspondientes en la Presidencia de la RepúblicaVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO24/06/194724/06/19472645910251

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26459. 24, JUNIO, 1947. PÁG. 1.

DECRETO 1981 DE 1947

(junio 16)

Por el cual se crea una Secretaría, se fija su personal y asignaciones y se señalan las funciones correspondientes en la Presidencia de la República

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

En uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 12 de la Ley 60 de 1946. 

  

DECRETA

  


Artículo 1.° Créase en la Presidencia de la República la Secretaria de Asuntos Técnicos y Económicos. 

  


Artículo 2.° El personal y asignaciones mensuales será el siguiente: 

Un Secretario de Asuntos Técnicos y Económicos, con$850.00
Un Oficial de Correspondencia, con$200.00

Artículo 3.° Son funciones de la Secretaria que se crea por el artículo 1.° de este Decreto: 

a)Estudiar los problemas Económicos y financieros que someta a su consideración el Presidente de la República;
b)Servir en la Coordinación, en los ramos Económicos, Técnicos y Financieros, entre el Presidente de la República y los distintos Ministerios y entidades oficiales y semioficiales, tanto de la Nación, como de los departamentos y Municipios;
c)Colaborar en el estudio de las leyes de orden económico, técnico y financiero que el Congreso Nacional envíe para la sanción ejecutiva.

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 16 de junio de 1947. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Gobierno. 

  

Roberto URDANETA ARBELAEZ 

  

El Ministro de hacienda y Crédito Público. 

  

Francisco de P. PEREZ