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DECRETO19781975197509 script var date = new Date(17/09/1975); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34413. 3, OCTUBRE, 1975. PÁG. 12.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Congreso Nacional), por $ 3.975.000.00VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO03/10/197517/09/1975344134412

DIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34413. 3, OCTUBRE, 1975. PÁG. 12.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1978 DE 1975

(septiembre 17)

Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Congreso Nacional), por $ 3.975.000.00

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


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Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la .República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que el numeral 1.° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional .para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos, tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos; 

  

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Defensa por $ 3.975.000.00; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 15 de 1975 por $ 5.226.848.800.00, correspondiente al .mayor producto de las rentas globalmente consideradas, de los cuales se utilizan $ 3.975.000.00 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la cantidad de tres millones novecientos setenta y cinco mil pesos ($ 3.975.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 15 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: 

  

Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. 

  

CAPITULO XI 

  

c) Otros recursos. 

Numeral 110-C. Mayor producto de las rentas globamente consideradas (artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973)$3.975:000
Suma el recurso$3.975.000

Artículo 2.° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: 

  

Presupuesto de Funcionamiento

  

MINISTERIO DE DEFENSA 

  

CAPITULO 175 

  

Despacho del Ministro. 

  

Programa 175. 

  

Dirección y Administración. 

  

Transferencias. 

204 443 414.Artículo 1767. Aporte a la Defensa Civil$3.975.000
Suma el crédito adicional$3.975.000

Artículo 3.° El presente Decreto rige a partir de la fecha de- su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de septiembre de 1975. 

  

alfonso lopez michelsen 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.