DIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34413. 3, OCTUBRE, 1975. PÁG. 10.
DECRETO 1971 DE 1975
(septiembre 17)
Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Relaciones Exteriores) Por $ 17.000.00
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al presupuesto de gastos del Ministerio de Relaciones Exteriores por $ 1.700.000.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo. 103 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 15 de 1975 por $5.226.848.800.00, correspondiente al mayor producto de las rentas globalmente consideradas, de los cuales se utilizan $ 1.700.000.00 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la cantidad de un millón setecientos mil pesos ($1.700.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 15 del mismo año, expedido 'por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital.
CAPITULO XI
c) Otros recursos.
Numeral 11C-C. Mayor producto de las rentas globalmente consideradas (artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973) | $ | 1.700.000 |
Suma el recurso | $ | 1.700.000 |
Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:
Presupuesto de Funcionamiento.
CAPITULO 110
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Programa 114.
Contribución a Organismos Internacionales.
Transferencias.
208 112 -140. Artículo 3193-A. Aporte a la Empresa Naviera Multinacional del Caribe S. A. | $ | 1,700,000 |
Suma el crédito adicional | $ | 1.709.000 |
Comuniquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de septiembre de 1975.
Alfonso López Michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.