DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24822. 26, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 15.
DECRETO 1964 DE 1941
(noviembre 19)
Por el cual se aplaza la vigencia del Decreto número 1765, del 17 de octubre del presente año, sobre servicio de bodega para la carga local en el Terminal Marítimo de Barranquilla
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia.
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que por circunstancias especiales se ha presentado un gran aumento en el volumen de la carga de importación por el Terminal Marítimo de Barranquilla, en forma tal, que para poder darle debida atención a dicho movimiento, se hace necesaria la capacidad total de las bodegas; y
Que por la circunstancia indicada, resulta inconveniente y perjudicial dar en los actuales momentos al servicio de la carga local, alguna o algunas de las bodegas,
DECRETA:
Artículo 1.° Aplazar la vigencia del Decreto número 1765 del 17 de octubre del presente año, por el cual se aprobó el Reglamento del Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla para servicio de bodega de la carga local, hasta tanto que se normalice ia importación por dicha vía.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2.° El Ministerio de Obras Públicas podrá señalar por Resolución la fecha precisa en que el Reglamento de bodega para la carga local en el Terminal Marítimo de Barranquilla deba empezar a regir.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1941.
EDUARDO SANTOS.
El Ministro de Obras Públicas,
José GOMEZ PINZON