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DECRETO19541941194111 script var date = new Date(19/11/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24821. 25, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 14.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se distribuye una partidaVigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO25/11/194125/11/19412482169414

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24821. 25, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 14.

DECRETO 1954 DE 1941

(noviembre 19)

Por el cual se distribuye una partida

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. De los fondos apropiados en el artículo 837-D, capítulo 63, de la Ley de Apropiaciones vigente, destinase la cantidad de cinco mil quinientos ochenta pesos ($5.580), que se distribuye así: 

Mensual.Total.
Para sueldos de los Directores de las Escuelas Vocacionales Agrícolas de los Municipios de Anolaima, Ubaté y Une (Cundinamarca), durante los meses de noviembre y diciembre, a razón de $ 140 mensuales cada uno$ 420.00840.00
Para reparaciones locativas, material didáctico, herramientas, animales, restaurantes escolares y demás gastos de las mismas escuelas4.740.00
Total$ 5.580.00

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1941. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Juan LOZANOYLOZANO