DIARIO OFICIAL. AÑO LXII. N. 20092. 9, ENERO, 1926. PÁG. 4.
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DECRETO 1932 DE 1925
(diciembre 29)
Por el cual se organizan los trabajos de construcción de la línea férrea Ibagué - Armenia, en el sector de Ibagué a San Miguel
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que es de cardinal importancia la construcción de la línea comprendida entre Ibagué y San Miguel, como parte integrante de la vía férrea que ha de unir a Bogotá con el mar Pacífico; y
Que la construcción de esta vía está ordenada por expresas disposiciones legales,
decreta:
Artículo 1º Inicianse los trabajos de construcción de la línea férrea que unirá la capital de la República con el mar Pacifico, en el sector comprendido entre Ibagué y San Miguel, bajo la dirección del siguiente personal, cuyas asignaciones se expresan a continuación:
| Un Ingeniero Jefe, con | $ | 400 mensuales. |
| Un Ingeniero Ayudante, con | 250 mensuales. | |
| Un Cajero Proveedor, con | 150 mensuales. | |
| Un Escribiente, con | 100 mensuales. |
Las secciones de construcción, cada una con el siguiente personal:
| Un Ingeniero de sección, con | $ | 300 mensuales. |
| Un Ingeniero primer Ayudante, con | 250 mensuales. | |
| Un Ingeniero segundo Ayudante, con | 200 mensuales. | |
| Un Dibujante, con | 150 mensuales. | |
| Un Inspector, con | 120 mensuales. |
Los servicios de caja, contabilidad, etc., se prestarán por la Gerencia del Ferrocarril del Tolima. Auméntase en $ 50 el sueldo mensual del Gerente del Ferrocarril del Tolima.
Encárgase provisionalmente del puesto de Ingeniero Jefe al doctor Horacio Uribe Márquez, en su calidad de Ingeniero Visitador de Ferrocarriles.
Oportunamente se harán los nombramientos del personal a que se refiere este Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de diciembre de 1925.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.