DIARIO OFICIAL AÑO CXXV. N. 38509. 21, SEPTIEMBRE, 1988. PAG. 1.
DECRETO 1931 DE 1988
(septiembre 19)
Por el cual se concede una autorización para gestionar un empréstito externo hasta por la suma US $ 100.000.000 o su equivalente en otras monedas
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 225 del Decreto número 222 de 1983,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 225 del Decreto número 222 de 1983, el Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, conceptuó favorablemente sobre una operación de crédito externo que hasta por la suma de cien millones de dólares (US$ 100.0000.000) de los Estados unidos de América o su equivalente en otras monedas, proyecta gestionar el Gobierno Nacional con destino al "Programa de Universalización de la Educación Básica Primaria", según consta en oficio CONPES - 055 del 5 de septiembre de 1988;
Que por Decreto número 3141 de 1982 se designó Ministro ad hoc de Hacienda y Crédito Público al Viceministro de Hacienda y Crédito Público, para los casos en que las normas legales hacen incompatible la actuación del Ministro titular,
DECRETA:
Artículo 1ºAutorízase a los señores Ministro de Hacienda y Crédito Público y Educación Nacional para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del GobiernoNacional una operación de crédito externo hasta por la suma de cien millones de dólares (US$ 100.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con un plazo mínimo para su total amortización de diecisiete (17) años, incluido un período de gracia mínimo decinco (5) años, un interés anual sobre saldos deudores de medio por ciento (1/2%) sobre el costo que semestralmente determine el Banco Mundial para préstamos calificados y demás comisiones y gastos propios de esta clase de operaciones.
Artículo 2ºLos fondos provenientes de este empréstito los destinará el Gobierno Nacional al "Programa de Universalización de la Educación Básica Primaria" a ser ejecutado por el Fondo del Ministerio de Educación Nacional.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de septiembre de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc,
Arturo Ferrer Carrasco.