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DECRETO19101941194111 script var date = new Date(08/11/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24815. 18, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 12.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se da una autorización al Jefe de la Flotilla PostalVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO18/11/194118/11/19412481559612

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24815. 18, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 12.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1910 DE 1941

(noviembre 08)

Por el cual se da una autorización al Jefe de la Flotilla Postal

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º Autorízase al Jefe de la Flotilla Postal del Meta para transportar en cuatro viajes, de bajada, hasta una tonelada en cada viaje de materiales de construcción, destindos al hospital que en Puerto Carreño construye la Comisaría del Vichada, a Flotilla prestará este servicio cobrando a razón de cuarenta pesos por tonelada. 

  

Parágrafo. El flete se pagará en Puerto López, en la forma y términos establecidos en la Flotilla para toda clase de carga, y ajustándose a lo prescrito en el Decreto 287 de 1939 y en la Resolución 324 de 1939, de la Contraloría General de la República. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1941. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

Luis BUENAHORA