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DECRETO19081932193211 script var date = new Date(10/11/1932); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 22146. 25, NOVIEMBRE, 1932. PÁG. 5.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPOR EL CUAL SE CONCEDE FRANQUICIA TELEGRAFICA A LOS FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS Y CONSULARES DEL BRASIL Y PANAMAVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse25/11/193225/11/1932221464215

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 22146. 25, NOVIEMBRE, 1932. PÁG. 5.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1908 DE 1932

(noviembre 10)

POR EL CUAL SE CONCEDE FRANQUICIA TELEGRAFICA A LOS FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS Y CONSULARES DEL BRASIL Y PANAMA

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Concédese franquicia en el servicio telegráfico nacional a los funcionarios diplomáticos y consulares del Brasil y Panamá, para comunicaciones relacionadas con el ejercicio de sus funciones, como reciprocidad a igual franquicia en tales países para los funcionarios diplomáticos y consulares de Colombia, 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 10 de noviembre de 1932. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

Alberto PUMAREJO