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DECRETO18901969196911 script var date = new Date(12/11/1969); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32973. 21, ENERO, 1970. PÁG. 1.MINISTERIO DE JUSTICIAPor el cual se dictan normas sobre la elección de Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos y PrivadosVigentefalsefalseJusticia y del DerechofalseDECRETO LEYNorma no vigente por Derogatoria Orgánica, por el Decreto 960 de 1970 y el Decreto 1250 de 1970.21/01/197012/11/196932973891

DIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32973. 21, ENERO, 1970. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1890 DE 1969

(noviembre 12)

Por el cual se dictan normas sobre la elección de Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos y Privados

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO LEY

El Presidente de la Republica de Colombia, 

  

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le otorgo la Ley 8° de 1969, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Mientras el Gobierno dispone lo pertinente sobre elección de Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confirió la Ley 8ª de 1969, los Tribunales Superiores de Distrito Judicial se abstendrán de conformar las ternas y enviarlas a los Gobernadores para la designación de aquellos funcionarios, para el periodo que se inicia el 1° de enero de 1970. 

  


Artículo 2°. Este Decreto rige desde su expedición. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

Dado en Bogotá, a 12 de noviembre de 1969. 

  

CARLOS LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Justicia, 

  

Fernando Hinestrosa.