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DECRETO18801941194111 script var date = new Date(04/11/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. LXXVII. N. 24807. 7, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 2.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual el Gobierno conmemora la celebracio del cincuentenario de la Policía Nacional y se consigna un tributo de gratitud a la obra cumplida por ellaVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO07/11/194107/11/19412480747410

DIARIO OFICIAL. AÑO. LXXVII. N. 24807. 7, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1880 DE 1941

(noviembre 04)

Por el cual el Gobierno conmemora la celebracio del cincuentenario de la Policía Nacional y se consigna un tributo de gratitud a la obra cumplida por ella

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones, y 

  

CONSIDERANDO 

  

Que el 5 de noviembre en curso la Policía Nacional celebra el cincuentenario de su creación como organismo con atribuciones y sistemas propios; 

  

Que la República debe a la Policía Nacional valioso aporte como factor en el avance ordenado de la vida civil, como guarda y amparo de los derechos ciudadanos y como firme sostén de la paz y de la tranquilidad colectiva; 

  

Que rodeada de respeto y de acatamiento unánimes por la práctica de ejemplares virtudes cívicas en el ejercicio de su ardua misión, la cumple abnegadamente con encomiable espíritu de cooperación y de servicio, adquiriendo para sus jefes, Oficiales, Agentes y civiles la gratitud ciudadana, y 

  

Que es deber del Gobierno exaltar este acontecimiento fausto y asociarse a su celebración, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. El Gobierno Nacional rinde tributo pública de gratitud a los Jefes, Oficiales, Agentes y civiles que integran la Policía en el país, y presenta su esfuerzo abnegado al reconocimiento de la sociedad. 

  


Artículo segundo. El Gobierno se asocia a la celebración del cincuentenario de la Policía Nacional, que se cumple el día 5 de este mes de noviembre, y erige esta fecha, en lo sucesivo, como Día de la Policía. 

  


Artículo tercero. Cada año, en el Día de la Policía, serán entregados los premios y menciones honoríficas que el Gobierno otorga como justo estímulo a los miembros del Cuerpo que las hayan merecido por acciones distinguidas en ejercicio de sus funciones. 

  


Artículo cuarto. Queda a cargo del Director General de la Policía, en Bogotá, y de los Gobernadores de Departamento en las demás secciones del país, la elaboración del programa de actos con que debe solemnizarse la fecha arriba mencionada* 

  


Artículo quinto. Queda derogado el Decreto número 992 de 1931. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 4 de noviembre de 1941. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Jorge GARTNER