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DECRETO18701969196911 script var date = new Date(08/11/1969); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32941. 25, NOVIEMBRE, 1969. PÁG. 4.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional-), por $ 30.000.000.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse25/11/196908/11/1969329414364

DIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32941. 25, NOVIEMBRE, 1969. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1870 DE 1969

(noviembre 08)

por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional-), por $ 30.000.000.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que, por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la' reforma administrativa; 

  

Que el Gobierno Nacional, por medio de la Resolución Ejecutiva número 342 de 1969, aclarada por la número 391 del mismo año, declaró sobrante y por lo tanto disponible para ser contracreditada la cantidad de $ 30.000.000 en el Presupuesto de la Deuda Pública Nacional, con el objeto de destinar el recurso a la apertura de unos créditos adicionales al mismo Presupuesto; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 48 de 1969, para amparar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

decreta

  


Artículo 1° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: 

  

AQUÍ PDF DIARIO 32941 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 4. 

  


Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: 

  

AQUÍ PDF DIARIO 32941 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 4 Y 5. 

  


Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 8 de noviembre de 1969. 

  

carlos lleras restrepo. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.