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DECRETO18461975197509 script var date = new Date(08/09/1975); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34412. 2, OCTUBRE, 1975. PÁG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) por $ 670.000VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO02/10/197508/09/197534412182

DIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34412. 2, OCTUBRE, 1975. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1846 DE 1975

(septiembre 08)

Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) por $ 670.000

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que por medio del, artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas. de inversión y. los compromisos contractuales, con los organismos internacionales de crédito; 

  

Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, por medio de la Resolución número 1137 de 1975, declaró sobrante la, cantidad de $ 670.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo presupuesto; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 43 de 1975 por $ 670.000 para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

decreta

  


Artículo 1.º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975. 

Presupuesto de funcionamiento.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA
Contracréditos.
CAPITULO 020
Jefatura del Departamento
Programa 020
Dirección y Administración
Servicias personales.
102 111 120Artículo 0204. Prima técnica$48.000
102 111 129Artículo 0206. Subsidio familiar250.000
CAPITULO 021
Dirección General de Información Técnica.
Programa 021.
Información Técnico-estadística.
Servicios personales.
105 115 120Artículo 0216. Prima técnica137.600
CAPITULO 022
Dirección General de Procesamiento de Datos.
Programa 022.
Procesamiento de Información Básica
Servicios Personales
105 115 103Artículo 0224. Sueldos del personal de nómina155.000
102 115 120Artículo 0226. Prima técnica47.000
CAPITULO 023
Dirección General de Análisis Socio-económico.
Programa 023.
Análisis Socio-económico
Servicios personales.'
102 115 120Artículo 235. Prima técnica32.400
Suman los contracréditos$670.000
Créditos
CAPITULO 020
Jefatura del Departamento.
Programa 020.
Dirección y Administración.
Gastos generales.
106 111 215Artículo 0212A. Arrendamiento de inmuebles298.000
CAPITULO 021.
Dirección General de Información Técnica.
Programa 021.
Información Técnico-estadística.
Gastos generales.
106 115 205Artículo 0219. Viáticos y gastos de viaje100.000
106 115 207Artículo 0220. Servicios de comunicaciones50.000
106 115 209Artículo 0221. Servicios públicos122.000
Suman los créditos$670.000

Artículo 2.º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese, 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 8 de septiembre de. 1975. 

  

alfonso lopez michelsen 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Rodrigo Botero Montoya