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DECRETO18161941194110 script var date = new Date(24/10/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24799, 24 OCTUBRE 1941, PAG.1MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se autoriza pignorar, a la Intendencia Nacional del Meta, su renta de licores, para garantizar un contrato de construcción de una vida públicaVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO28/10/194128/10/1941247993611

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24799, 24 OCTUBRE 1941, PAG.1

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1816 DE 1941

(octubre 24)

Por el cual se autoriza pignorar, a la Intendencia Nacional del Meta, su renta de licores, para garantizar un contrato de construcción de una vida pública

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Desde la fecha del presente Decreto autorízase a la Intendencia Nacional del Meta para pignorar su renta de licores, con el fin de garantizar las obligaciones contraídas en el contrato de fecha 23 de agosto de este año, suscrito entre dicha entidad y los señores José Miguel de la Calle y Carlos Ceballos, sobre construcción de la carretera entre el puente sobre el río Guayuriba y la población de Acacías, de conformidad con lo establecido en la cláusula 6° del prenombrado contrato. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 24 de octubre de 1941. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Jorge GARTNER