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DECRETO17941947194705 script var date = new Date(30/05/1947); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26445. 7, JUNIO, 1947. PÁG. 12.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSpor el cual se hace una modificación en el personal de Oficinas Directas del Ministerio de Correos y Telégrafos.VigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse07/06/194707/06/1947264458212

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26445. 7, JUNIO, 1947. PÁG. 12.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1794 DE 1947

(mayo 30)

por el cual se hace una modificación en el personal de Oficinas Directas del Ministerio de Correos y Telégrafos.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el parágrafo 3º del artículo 1º de la Ley 66 de 1926, 

  

DECRETA

  


Artículo único. A partir del primero (1º) de junio del corriente año, fijase en $ 600.00 la asignación mensual del Jefe Abogado Consultor de la Sección Jurídica del Ministerio. 

Diferencia mensual105.00

Parágrafo. El mayor valor que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capítulo 84, artículo 1782 del Presupuesto vigente. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 30 de mayo de 1947. 

  

MARIANO ORPINA PEREZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Francisco de P. PEREZ 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos. 

  

José Vicente DAVILA