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DECRETO17781969196910 script var date = new Date(25/10/1969); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32932 14, NOVIEMBRE, 1969. PÁG. 6.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 150.000.00.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse14/11/196925/10/1969329323346

DIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32932 14, NOVIEMBRE, 1969. PÁG. 6.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1778 DE 1969

(octubre 25)

por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 150.000.00.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que por medio del numeral 3º del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1º de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la administración pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa. 

  

Que por medio de la Ley 97 de 1968, se decretó un auxilio a favor del Teatro Popular de Bogotá, para los gastos de funcionamiento del mismo, cuyo pago requiere la apertura del correspondiente crédito presupuestal por valor de $ 150.000.00. 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 12 de 1969, por $ 308.619.188.89, provenientes del superávit fiscal de 1968, del cual se utilizan $ 150.000.00, para financiar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1969, con la cantidad de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00), moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 12 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral. 

 


Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969. 

 


Artículo 3º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de octubre de 1969. 

  

CARLOS LLERAS RESTREPO. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.