DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24794. 22, OCTUBRE, 1941. PÁG. 04.
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DECRETO 1768 DE 1941
(octubre 17)
Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 25 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en la nota número 7119, procedente de la Secretaria de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo 1º Hócense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
| Capítulo 19: Del artículo 171. Para sueldos del personal del Ministerio, en el año | $320.84 |
| Del artículo 173. Para jornales del taller de encuadernación, del servicio de aseo y de otras necesidades
de las dependencias del Ministerio, en el año | 221.71 |
| Del artículo 179. Para gastos de representación del Secretario General del Ministerio, del Jefe y del
Subjefe del Protocolo, en el año | 240.00 |
| Capítulo 20:
Del artículo 181. Para sueldos del personal diplomático, en el año | 20.000.00 |
| Del artículo 184. Para atender al pago de arrendamiento de edificios al servició de las Embajadas y
Legaciones de Colombia en el Exterior, en el año | 1.000.00 |
| Capítulo 21:
Del artículo 186. Para sueldos del personal consular, en el año | 1,000.00 |
| Capítulo 22
Del artículo 191. Para pagar las cuotas de Colombia en la Unión Panamericana de
Washington. | 10.861.57 |
| Del artículo 194. Para sueldos, instalación, equipo y demás gastos que ocasione la preparación de la IX
Conferencia Panamericana que se reunirá en Bogotá en el año de 1942 | 1. 000.00 |
| Capítulo 23:
Del artículo 198. Para atender a gastos que ocasionen las recepciones de carácter diplomático | 1.000.00 |
| Capítulo 19:
Al artículo 174. Para el pago de servicio telefónico de las dependencias del Ministerio, y arrendamiento
de garajes de los automóviles del mismo, en el año | 800.00 |
| Al artículo 178. Para gastos reservados, extraordinarios e imprevistos del Ministerio, y pago de medios sueldos por enfermedad comprobada, de conformidad con las disposiciones legales
Vigentes | $1.061.57 |
| Capítulo 20:
Al artículo 183. Para atender al pago de sueldos de vi-aje, de ida y regreso, de los funcionarios del
servicio diplomático, en el año | 1.000.00 |
| Al artículo 185. Para viáticos del personal diplomático, en el año | 506.67 |
| Capítulo 21:
Al artículo 188. Para atender al pago de sueldos de viaje, ida y regreso, de los funcionarios del servicio
consular, en el año | 3.000.00 |
| Al artículo 189. Para viáticos del personal consular, en el año | 9244.44 |
| Capítulo 23:
Al artículo 197. Para atender al pago de cuentas de toda clase, correspondientes a vigencias
expiradas | 31.44 |
| Al artículo 198 bis. Para atender a los viáticos y demás gastos que ocasione la visita oficial del señor Ministro de Relaciones Exteriores a las Repúblicas de la Argentina, Brasil, Chile, Perú y
Uruguay | 20 000.00 |
| Sumas iguales | $ 35.644.1235.644.12 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de octubre de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,
A. GonzálezFERNANDEZ,
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El ministro de trabajo, Higiene y Prevención Social
CarlosLLERAS RESTREPO
José JoaquínCAICEDO CASTILLA