DIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32932. 14, NOVIEMBRE, 1969. PÁG. 5.
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DECRETO 1761 DE 1969
(octubre 23)
Por el cual se hacen unas aclaraciones al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 45 de 1a. Ley 35 de 1968, facultó al Gobierno Nacional para hacer por decreto, las aclaraciones al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, cuando haya error en la Ley de expedición del mismo, a solicitud de la Mesa Directiva de la Comisión IV de la Cámara de Representantes.
Que la Mesa Directiva de la citada Comisión dictó las Resoluciones números 12 y 13 de 1969, en las cuales solicita al Gobierno Nacional por conducto de la Dirección General del Presupuesto, aclarar la leyenda de varais apropiaciones de los Ministerios de Gobierno, Salud Pública y Educación Nacional del Presupuesto de la actual vigencia.
Que por tratarse de errores que corresponden a la expedición de la Ley de Presupuesto, las aclaraciones solicitadas deben hacerse por decreto.
Que la Dirección General de la Policía Nacional ha solicitado aclarar el Decreto 806 de 1969, en el sentido de expresar que la leyenda correcta del proyecto 2 del artículo 5553 del Presupuesto de la actual vigencia es: "Departamento de Policía Magdalena, un colegio" y no Departamento de Policía, Chocó, un colegio, y
Que la Dirección General del Presupuesto ha estudiado y encontrado convenientes y ceñidas a las disposiciones legales vigentes las modificaciones propuestas,
DECRETA:
Artículo 1° Hacer las siguientes aclaraciones al Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1969.
Presupuesto de funcionamiento
Ministerio de Salud Pública
CAPITULO 231
Gabinete
Programa 253
Atención Médica
Subprograma 3. Sostenimiento de Hospitales y Centros de Salud.
203, 352, 412. Artículo 2398. Aportes para sostenimiento de Hospitales y Centros de Salud en el Departamento del Valle del Cauca.
Ordinal 23. La leyenda correcta es: Hospital Nuestra Señora del Carmen, de Dagua, en vez de: Hospital El Carmen, de Dagua.
Subprograma 4. Sostenimiento de instituciones de asistencia social.
203, 336, 412. Artículo 2408. Aportes para sostenimiento de instituciones de asistencia social en el Departamento de Cundinamarca y D. E. de Bogotá.
Ordinal 92. La leyenda, conecta es: Al Tesorero Municipal de Tocaima, con destino a la Cooperativa de Personal retirado de la Policía. Nacional, para la casa de reposo que dicha, institución construye en Tocaima, en vez de: Al Tesorero Municipal de Tocaima, con destino a la Casa de Reposo de la Cooperativa, de la Policía Nacional. Ministerio de Educación Nacional
CAPITULO 282
Financiamiento a cargo del Ministerio
Programa 327
Aportes del Estado para el fomento de la Educación y la Cultura.
Sub programa 2. Aportes para sostenimiento de planteles de Educación Media.
203, 313, 412. Artículo 3214. Aportes del Estado para funcionamiento de establecimientos de educación media en el Departamento del Atlántico.
Ordinal 23. La leyenda, correcta, es: Liceo Panamericano para varones, de Barranquilla, en vez de: Liceo Centro Americano para Varones, de Barranquilla.
203, 313, 412. Artículo 3217. Aportes del Estado para funcionamiento de establecimientos de educación media, en el Departamento de Caldas.
Ordinal 43. La leyenda, correcta es: Instituto Cultural Femenino, de Ríosucio, sostenimiento Orfeón, en vez de: Instituto Cultural Femenino, de Ríosucio.
203, 313, 412. Artículo 3234. Aportes del Estado para funcionamiento de establecimientos de educación media, en el Departamento del Valle.
Ordinal 26. La leyenda conecta es: Colegio Gimnasio del Dagua, de Dagua, en vez de Colegio de Bachillerato, de Dagua.
Ordinal 45. La leyenda correcta es: Colegio Gimnasio del Dagua, de Dagua, en vez de: Colegio de Segunda Enseñanza.
Ordinal 138. La leyenda correcta es: Colegio Gimnasio del Dagua, de Dagua, en vez de: Colegio Gimnasio de Bachillerato o Gimnasio Dagua, de Dagua.
Presupuesto de inversión
Ministerio de Gobierno
Programa 533
Auxilios para obras por Acción Comunal
Sub programa 1. Fomento Educativo y Cultural.
609, 319. Artículo 5160. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Tunja, con destino a obras de Fomento Educativo y Cultural en el Departamento de Boyacá.
Proyecto 130. La leyenda correcta es: Al Municipio de Cómbita, con destino a compra del terreno y construcción de la escuela de la vereda de san Martin, por conducto de la Junta de Acción Comunal, en vez de: Al Municipio de Cómbita, con destino a compra de terreno y construcción de la escuela de la vereda de san Francisco, por conducto de la Junta de Acción Comunal.
Proyecto 161. La leyenda correcta es; Al Municipio de Socha, para construcción de escuelas rurales en Santa Teresa, vereda La Chapa, y de la vereda Sagra Arriba, Por Acción Comunal, en vez de: Al Municipio de Socha para construcción de escuela rural en Santa Teresa, vereda La Chapa, por Acción Comunal.
609, 619. Artículo 5161. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Manizales, con destino a obras de fomento educativo y cultural en el Departamento de Caldas.
Proyecto 38. La leyenda conecta, es: Al Municipio de Ríosucio, con destino a la Junta de Acción Comunal de la vereda del Rosario, para escuela, en vez de: Al Municipio de Ríosucio, con destino a la Junta de Acción Comunal de la vereda de Tursaga, para escuela.
Proyecto 43. La leyenda correcta es: Al Municipio de Riosucio, para la Junta de Acción Comunal de la vereda de Blandón, para escuela, en vez de: Al Municipio de Ríosucio, para la Junta de Acción Comunal de la vereda de Travesías, para escuela.
Subprograma 2. Obras Públicas.
605, 264. Artículo 5187. Pava entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador Regional de Impuestos Nacionales de Tunja, con destino a obras públicas en el Departamento de Boyacá.
Proyecto 29. La leyenda correcta es: Al Municipio de Puerto Boyacá, para entregar a la Junta de Acción Comunal, para la construcción de la carretela en la vereda de Dos Quebradas, en vez de: Al Municipio ele Puerto Boyacá, para entregarle a la Junta de Acción Comunal, para la construcción del puente sobre Dos Quebradas.
Sub programa 3. Desarrollo Municipal.
614, 442. Artículo 5227. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador Regional de Impuestos Nacionales de Neiva, con destino a obras de desarrollo municipal, en el Departamento del Huila.
Proyecto 19. La leyenda correcta es: Al Municipio de Iquira con destino a la Junta Central de Acción Comunal, pavimentación e iluminación con luz de mercurio de la Plaza principal, en vez de: Al Municipio de Iquira, con destino a la Junta Central de Acción Comunal, para iluminación con luz de mercurio de la plaza principal.
Proyecto 29. La leyenda correcta es: Al Municipio de Acevedo, para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a construcción de la galería "San Francisco", en vez de: Al "Municipio de Acevedo, para la Junta de Acción Comunal, con destino a construcción de la galería
614, 442. Artículo 5236. Para entregar a los Tesoreros Municipales por conducto del Administrador Regional de Impuestos Nacionales de Cali, con destino a obras de desarrollo municipal en el Departamento del Valle del Cauca.
Proyecto 5. La leyenda correcta es: Fundación Ciudad de Cali, por Acción Comunal, con destino a obras de embellecimiento de la Unidad Habitacional República de Venezuela, de Cali, en vez de: Junta de Acción Comunal del Barrio Unidad Habitacional República de Venezuela, de Cali, para obras de embellecimiento.
Subprograma 5. Obras varias.
615, 443. Artículo 5269. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Cartagena, con destino a obras varias en el Departamento de Bolívar.
Proyecto 25. La leyenda correcta es: Al Municipio de San Juan Nepomuceno, con destino a la Junta de Acción Comunal de los Barrios de Mochila y Guarumal, en vez de: Al Municipio de San Juan Nepomuceno, con destino a la Junta de Acción Comunal de los Barrios de Modula y Guarumal.
615, 443. Artículo 5271. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Manizales, con destino a obras varias en el Departamento de Caldas.
Proyecto 27. La leyenda correcta es: Al Municipio de Anserma, para la Junta de Acción Comunal urbana "Santa Bárbara", con destino a obras varias, en vez de: Al Municipio de Anserma, para Junta de Acción Comunal, obras varias.
Proyecto 66. La leyenda correcta es: al Municipio de Ríosucio, para la Junta de Acción Comunal vereda Llano Grande del Oro, obras varias, en vez de: Al Municipio de Ríosucio, para la Junta de Acción Comunal vereda Llanitos, obras varias.
Proyecto 70. La leyenda correcta es: Al Municipio de Ríosucio, con destino a la Junta de Acción Comunal de la vereda de San José, obras varias, en vez de: Al Municipio de Ríosucio, con destino a la Junta de Acción Comunal de la vereda de Samaria, obras varias.
Proyecto 73. La leyenda correcta es: Al Municipio de Ríosucio con destino a 1a Junta de Acción Comunal de la vereda de Aguas Claras, obras varias, en vez de: Al Municipio de Ríosucio, con destino a la Junta de Acción Comunal de Mejiagual, obras varias.
Proyecto 81. La leyenda correcta es: Al Municipio de Risaralda, para la Junta de Acción Comunal en El Cairo, obras varias, en vez de: Al Municipio de Risaralda, para Junta de Acción Comunal de Bohemia, obras varias.
Proyecto 91. La leyenda correcta es: Al Municipio de Supía, con destino a la Junta de Acción Comunal de la vereda de La Loma, obras, varias, en vez de: Al Municipio de Supía, con destino a la Junta de Acción Comunal de la vereda de Arcón, obras varias.
615, 443: Artículo 5284. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Armenia, con destino a obras varias en el Departamento del Quindío.
Proyecto 36. La leyenda correcta es: A la Junta de Acción Comunal, vereda de Santa Teresita, Filandia, en vez de: A la Junta de Acción Comunal vereda Santa Rita, Filandia.
615, 443. Artículo 5289. Para entregar a los Tesoreros Municipales por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Cali, con destino a obras varias en el Departamento del Valle del Cauca.
Proyecto 14. La leyenda correcta es: A la Junta de Acción Comunal de El Palmar, construcción escuela La Colonia, Municipio de Dagua, en vez de: A la Junta de Acción Comunal de El Palmar, Municipio de Dagua.
Proyecto 22. La leyenda correcta es: Junta de Acción Comunal de Montegrande, Municipio de Calcedonia, en vez de: Junta, de Acción Comunal de Montenegro, Municipio de Caicedonia.
Policía Nacional
CAPITULO 545
Dirección de la Policía Nacional
Programa 593
Construcción, de Colegios y Escuelas de Bienestar Social
Inversión directa
582, 313. Artículo 5553. Para la construcción de colegios y escuelas de bienestar social, mediante distribución previo estudio de 1a Policía, la Dirección General del Presupuesto y el Departamento Administrativo de Planeación.
Proyecto 2. La leyenda correcta es: Departamento de Policía Magdalena, un Colegio, en vez de: Departamento de Policía Chocó, un Colegio.
Ministerio de Educación Nacional
CAPITULO 575
Ministerio de Educación Nacional
Programa 708
Aportes del Estado para el fomento de la educación y Cultura.
Subprograma 2. Construcciones para enseñanza media.
309, 313. Artículo 6174. Aportes para construcción, ampliación, dotación j; reparación de colegios en el Departamento del Magdalena.
Proyecto 1. La leyenda correcta es: Colegio Nacional de Bachillerato Masculino, de El Banco, con destino a dotación y pago de parte de la adquisición de un bus, en vez de: Colegio Nacional de Bachillerato Masculino, de El Banco, con destino a adquisición de un nuevo bus.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E. a 23 de octubre de 1969.
CARLOS LLERIAS RESTREPO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.